
La Oficina de Normalización Previsional (ONP) permite a sus afiliados acceder a una pensión de jubilación antes de cumplir los 65 años, siempre que acrediten determinados años de aportación y cumplan condiciones específicas según su edad y sexo. Este beneficio, regulado por el Decreto Ley N.° 19990, contempla una reducción del 4% en el monto de la pensión por cada año de adelanto respecto a la edad legal, un descuento que no se revierte una vez cumplidos los 65 años.
Además del régimen general de jubilación adelantada, la ONP mantiene regímenes especiales para trabajadores expuestos a actividades de riesgo, como la minería, la construcción civil y la pesca, así como nuevas disposiciones derivadas de la reciente reforma del sistema previsional peruano, que incorpora mecanismos como el aporte por consumo.
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Edad y aportes para la jubilación adelantada
Para acceder a la jubilación adelantada en el régimen general del Sistema Nacional de Pensiones (SNP), la norma establece requisitos diferenciados según el sexo del solicitante:
- Los hombres pueden jubilarse desde los 55 años de edad, con un mínimo de 30 años de aportación (360 Unidades de Aporte).
- Las mujeres pueden hacerlo desde los 50 años de edad, con un mínimo de 25 años de aportación (300 Unidades de Aporte).
- Los trabajadores despedidos por reducción de personal o cese colectivo pueden acceder con 20 años de aportación, a partir de los 55 años en el caso de los hombres y de los 50 en el caso de las mujeres.
- Las personas con discapacidad inscritas en el Registro Nacional de la Persona con Discapacidad pueden solicitarla desde los 55 años, con un mínimo de 20 años de aportación.
En todos los casos, el monto de la pensión se reduce en 4% por cada año de adelanto respecto de los 65 años que exige la ley, según precisa la ONP en su plataforma oficial. Esta reducción se mantiene de manera permanente y no se reintegra al alcanzar la edad legal de jubilación.

Jubilación ONP por trabajo de riesgo
La ONP contempla regímenes especiales para trabajadores que desempeñan labores consideradas de riesgo, con edades de jubilación menores a las del régimen general. En el sector minero, los requisitos varían según el tipo de actividad:
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- Los trabajadores de minas subterráneas pueden jubilarse desde los 45 años, con un mínimo de 20 años de aportes, de los cuales 10 deben corresponder a labores en minas subterráneas.
- Quienes realizan labores extractivas en minas a tajo abierto pueden hacerlo desde los 50 años, con 25 años de aportes, de los cuales 10 deben corresponder a esa actividad.
- El personal de centros de producción minera, metalúrgica y siderúrgica expuesto a riesgos de toxicidad puede jubilarse desde los 50 años, con 30 años de aportes, de los cuales 15 deben corresponder a esas labores.
Los trabajadores de construcción civil pueden acceder a la jubilación desde los 55 años, con un mínimo de 20 años de aportes, de los cuales 15 deben corresponder a esa modalidad laboral, o cinco años dentro de los últimos 10 anteriores al cese. En el caso del personal marítimo, incluidos los trabajadores pesqueros que realizan labores de carga y descarga en puertos, la edad mínima también es de 55 años, con 20 años de aportes, de los cuales cinco deben corresponder a trabajos marítimos, fluviales o lacustres.

Jubilación por consumo: requisitos de la nueva ley
La reforma previsional aprobada mediante la Ley N.° 32123 incorporó un mecanismo adicional conocido como aporte por consumo o pensión por consumo, orientado a complementar el ahorro previsional de los afiliados. Este beneficio equivale al 1% de determinados gastos de consumo sustentados en boletas de venta electrónicas que incluyan el nombre y el número de DNI del titular.
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El cálculo de este aporte se realizará una vez al año y considerará como tope máximo consumos equivalentes a 8 Unidades Impositivas Tributarias (UIT). No se tomarán en cuenta las boletas electrónicas cuyo importe supere los S/ 700. Según el reglamento de la norma, el cómputo de las boletas para acceder a este beneficio comenzará el 1 de enero de 2027, aunque la apertura de las cuentas especiales por consumo, a cargo de las Empresas Administradoras de Fondos (EAF), se iniciará en diciembre de 2026.

ONP: ¿Es obligatorio jubilarse a los 65 años?
La edad ordinaria para acceder a la pensión de jubilación en el régimen general de la ONP se mantiene en 65 años, condición que la reforma previsional no modificó. Para acceder a este beneficio, el afiliado debe cumplir dos requisitos de manera simultánea, tener como mínimo 65 años de edad y acreditar al menos 20 años de aportes al SNP, equivalentes a 240 Unidades de Aporte.
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De acuerdo con información publicada en el portal de ONP Virtual, quienes no alcancen los 20 años de aportes no podrán acceder a una pensión de jubilación bajo el régimen general, aunque existen mecanismos alternativos como el préstamo previsional, que permite a la ONP cubrir hasta tres años de aportaciones para completar el requisito. La pensión mínima en el sistema es de S/ 600 mensuales, aplicable a quienes acrediten 240 o más Unidades de Aporte, mientras que el monto máximo asciende a S/ 1.000, ambos sujetos al descuento del 4% correspondiente a EsSalud.

¿Cómo solicitar jubilación ONP de forma virtual y presencial?
Los afiliados pueden iniciar el trámite de jubilación a través de dos modalidades. De forma virtual, deben ingresar al portal onpvirtual.pe, seleccionar el tipo y número de documento junto con la clave virtual, y hacer clic en la opción “Iniciar videollamada” para conectarse con un asesor que recibirá la solicitud en tiempo real. El intercambio de documentación, de ser necesario, se realiza por correo electrónico, y la atención está disponible de lunes a viernes de 8:00 a. m. a 5:00 p. m.
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De manera presencial, los solicitantes pueden acudir a más de 150 puntos de atención de la ONP a nivel nacional, entre Centros de Atención, Centros MAC y Plataformas MAC Express. Entre los documentos requeridos figuran la solicitud según el formato establecido, que incluye una declaración jurada de autenticidad, y copias de documentos que acrediten la relación laboral, como certificados de trabajo, boletas de pago o constancias de aportaciones emitidas por entidades como el Instituto Peruano de Seguridad Social (IPSS) o EsSalud. Los usuarios con dudas adicionales pueden comunicarse a la línea ONP Te Escucha, disponible de lunes a viernes de 8:00 a. m. a 5:30 p. m.

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