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Diputados ratifican presencialidad obligatoria en pleno y comisiones: cuatro excepciones permitirán conexión remota

La medida fue aprobada por 118 votos y establece criterios específicos para autorizar la participación a distancia de los legisladores

Congreso
La Cámara de Diputados ratificó por unanimidad, con 118 votos, la presencialidad como regla para el Pleno y las comisiones
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La Cámara de Diputados ratificó este jueves, por unanimidad y con 118 votos a favor, el acuerdo previo de la Junta de Portavoces que establece la presencialidad como regla para las sesiones del pleno y las reuniones de comisiones.

La decisión, adoptada el pasado 11 de agosto, alcanza a las sesiones plenarias ordinarias y extraordinarias, así como a las reuniones de las comisiones ordinarias, investigadoras y especiales.

El presidente de la cámara baja, Óscar Reto, sostuvo que la medida busca fortalecer el debate parlamentario y favorecer el intercambio directo entre los legisladores.

“La presencialidad fortalece el debate democrático, dinamiza el intercambio de ideas y optimiza la producción de leyes en beneficio directo de la ciudadanía”, afirmó.

La norma establece que la participación remota y el voto electrónico quedarán restringidos a cuatro situaciones excepcionales, siempre que exista una justificación y autorización correspondiente.

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Un hombre de traje habla en un micrófono en un podio. Detrás, varias personas. Al fondo, pared roja con el texto "Congreso Perú" y un dibujo
La participación remota y el voto electrónico quedan limitados a cuatro excepciones: funciones de representación fuera de Lima, problemas de salud con descanso médico, licencia por maternidad o paternidad y casos fortuitos o de fuerza mayor

La primera contempla a los diputados que se encuentren fuera de Lima por el cumplimiento de funciones de representación. La segunda corresponde a quienes tengan problemas de salud y cuenten con un descanso médico debidamente acreditado.

La tercera excepción comprende las licencias por maternidad o paternidad. La cuarta se aplica en casos fortuitos o de fuerza mayor ajenos a la voluntad del legislador, siempre que estos se encuentren debidamente sustentados.

En cualquiera de estos supuestos, el presidente del órgano parlamentario correspondiente será quien autorice al diputado a participar y emitir su voto de manera remota durante la sesión, de acuerdo con el acuerdo.

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La participación a distancia se realizará mediante la plataforma y aplicación tecnológica oficial del Parlamento. La medida se sustenta en el literal a) del artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados y establece un control de la asistencia física de los legisladores a las actividades parlamentarias.

La decisión coincide con un proyecto presentado previamente por Indira Huilca (Ahora Nación), que plantea establecer la presencialidad como regla para diputados y senadores
La decisión coincide con un proyecto presentado previamente por Indira Huilca (Ahora Nación), que plantea establecer la presencialidad como regla para diputados y senadores

La semana pasada, la parlamentaria Indira Huilca (Ahora Nación) presentó un proyecto que plantea establecer la presencialidad como regla general para diputados y senadores, y limitar la participación remota a situaciones excepcionales.

El proyecto contempla cuatro excepciones para permitir la conexión remota: cuando el legislador se encuentre de licencia por viaje fuera de Lima, cuando tenga licencia por viaje al extranjero, cuando cuente con licencia por enfermedad y cuando exista otra circunstancia excepcional debidamente justificada.

El planteamiento alcanza a ambas cámaras del Congreso bicameral y comprende tanto las sesiones plenarias como las reuniones de las comisiones. También busca incorporar expresamente el deber de participación presencial dentro de las obligaciones funcionales de diputados y senadores.

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