
El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) ha presentado un proyecto normativo que modifica el acceso al Bono Familiar Habitacional (BFH) bajo la modalidad de adquisición de vivienda nueva.
Esta iniciativa plantea ajustes clave en el programa Techo Propio, con el objetivo de ampliar la cobertura y ofrecer mejores condiciones a los sectores de la población más jóvenes y a personas con discapacidad.
Entre los cambios más relevantes de la Resolución Ministerial N.° 270-2026-VIVIENDA, figura la creación de un beneficio adicional para jóvenes estudiantes en los últimos ciclos de formación, así como incentivos para familias con integrantes que presentan alguna discapacidad.
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Beneficio ampliado para jóvenes estudiantes
El nuevo reglamento operativo establece que los jóvenes entre 20 y 28 años que sean jefes de familia y se encuentren cursando los últimos años de una carrera técnica o universitaria podrán acceder a un incremento excepcional del 25% sobre el monto base del BFH.
Este incentivo busca facilitar la independencia habitacional de quienes están próximos a culminar su formación académica, otorgando una ayuda económica adicional que puede resultar determinante para la adquisición de una vivienda.
Para acceder a este beneficio, los postulantes deberán acreditar su condición mediante la presentación de documentación oficial que demuestre su avance académico y su rango etario.
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La medida se enmarca en una política de incentivo a la juventud, orientada a reducir las barreras para el acceso a la vivienda propia y a responder a las necesidades de un segmento de la población que enfrenta dificultades para ingresar al mercado inmobiliario.
El reglamento, además, fija como requisito que el joven no haya recibido anteriormente apoyo estatal similar y que no sea propietario de otro inmueble.
Incentivos para familias con personas con discapacidad: hasta 51%
Además del beneficio dirigido a jóvenes, la normativa contempla bonificaciones adicionales para familias que incluyan personas con discapacidad.
El porcentaje de incremento sobre el monto base del BFH puede oscilar entre 5% y 51%, en función del tipo y grado de discapacidad y de las condiciones del entorno del proyecto habitacional.
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Para acceder a este beneficio, se debe presentar la documentación oficial que acredite la discapacidad y cumplir con los requisitos generales del programa.
La finalidad de este incentivo es compensar los gastos adicionales que puedan requerir las adaptaciones de la vivienda y promover la inclusión social, permitiendo que este grupo acceda en mejores condiciones a una vivienda digna.
Un bono ampliado para estudiantes universitarios y técnicos
De acuerdo con el nuevo reglamento, el Bono Familiar Habitacional (BFH) consiste en un subsidio único otorgado por el Estado, cuyo objetivo es complementar el ahorro familiar y facilitar el acceso a viviendas de interés social.
El valor del bono y el ahorro mínimo exigido varían en función del tipo de vivienda y la ubicación del proyecto. Por ejemplo, una vivienda priorizada en lote unifamiliar puede alcanzar un valor de hasta S/ 60.000, con un subsidio de 10,6 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) y un ahorro familiar mínimo que oscila entre el 1 y el 3%.
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Otros tipos de vivienda, como las unifamiliares de hasta S/ 104.500 o las multifamiliares de hasta S/ 130.500, pueden acceder a bonificaciones respectivas de 9,5 y 8,7 UIT, con un ahorro mínimo del 3% del valor de la unidad.
El reglamento detalla que las viviendas elegibles deberán cumplir condiciones técnicas y de habitabilidad, como contar con un ambiente multiuso, al menos dos dormitorios, un baño completo y espacio para lavandería.
Además, los proyectos deben estar registrados en el padrón único administrado por el Fondo MIVIVIENDA S.A. (FMV) y reunir un mínimo de 7 unidades habitacionales, salvo las excepciones que determine la normativa.
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Nuevos esquemas de financiamiento y garantías
El reglamento introduce figuras innovadoras en el respaldo financiero de los proyectos, incluyendo la posibilidad de créditos habitacionales no hipotecarios otorgados por instituciones financieras intermediarias y la opción de estructurar proyectos mediante fideicomisos de titulización con participación del FMV.
Las garantías para el cumplimiento pueden tomar la forma de fianzas, convenios y fideicomisos, todos sujetos a autorización previa.
El proceso de desembolso del BFH contempla la transferencia de los montos aprobados a las cuentas designadas por el promotor, la entidad financiera o el fideicomiso, con un plazo máximo de 8 días hábiles para el pago, una vez validadas las garantías y la documentación correspondiente.
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Supervisión y sanciones ante incumplimientos
La Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo (DGPPVU) mantiene la potestad de fiscalizar y monitorear la ejecución de los proyectos, así como el uso de los fondos públicos.
El reglamento establece la cancelación del registro de proyectos en caso de inactividad, incumplimiento de requisitos o presentación de información falsa.
Las garantías constituidas pueden liberarse de forma progresiva conforme se cumplan los hitos constructivos y la inscripción de los inmuebles a favor de los beneficiarios.
El FMV tiene la atribución de recuperar recursos en casos de incumplimiento, devolución voluntaria o renuncia al bono, aplicando intereses legales y sanciones para quienes hayan incurrido en falsedad documental. El proyecto estará sometido a 15 días de consulta.
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Solteros también podrán acceder a Techo Propio
En las últimas horas, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento publicó el proyecto normativo contenido en la Resolución Ministerial N.° 269-2026-VIVIENDA, que introduce cambios en el acceso a la vivienda social en el Perú.
Por primera vez, personas solas o sin familia, definidas como “familias unipersonales”, podrán acceder al Bono Familiar Habitacional del programa Techo Propio si cumplen los requisitos socioeconómicos y no poseen otra vivienda ni han recibido subsidios estatales previos.
El nuevo reglamento, sometido a consulta pública, amplía también la posibilidad de subsidio para el alquiler social. Reconoce nuevas categorías de vivienda, crea el Registro Nacional de Vivienda (RENAVI) para monitorear la trazabilidad de los subsidios y prohíbe que las municipalidades bloqueen proyectos de vivienda de interés social.
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Los montos del bono para la compra de vivienda unifamiliar pueden alcanzar los S/ 52.250 según lo dispuesto, mientras que para departamentos el subsidio es de S/ 47.850, con precios máximos permitidos de S/ 109.100 y S/ 136.100 respectivamente.
¿Podré comprar mi departamento?
Cuidado, no hay que confundir. Techo Propio es un programa del Estado peruano orientado a familias de bajos ingresos que buscan adquirir, construir o mejorar una vivienda, y su principal instrumento es el Bono Familiar Habitacional (BFH), un subsidio no reembolsable que cubre parte del costo de la vivienda y no requiere devolución.
En cambio, el Bono del Buen Pagador (BBP) es un beneficio adicional que se otorga a quienes acceden al Crédito MiVivienda , destinado a sectores de ingresos medios: el BBP funciona como un descuento aplicado al capital del préstamo hipotecario a cambio de un buen historial de pagos, acelerando la amortización del crédito. Es el usado, por lo general, por los departamentos que normalmente se levantan en Lima.
Así, el BFH se entrega directamente como subsidio en Techo Propio, mientras que el BBP incentiva el cumplimiento del pago en el programa MiVivienda, que funciona sobre la base de un crédito bancario.
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