El segmento informativo es sobre las gratificaciones laborales. Se abordan temas de pagos no realizados y los períodos específicos, como el semestre de enero a junio. El material explica los pasos a seguir ante el impago de estos beneficios.
Llegó julio y, con él, el plazo para que miles de trabajadores del sector privado en Perú reciban la gratificación por Fiestas Patrias, un beneficio social obligatorio que representa un ingreso clave para numerosas familias. El depósito, que debe efectuarse antes del 15 de julio, equivale a una remuneración mensual completa para quienes hayan laborado el semestre íntegro y mantengan vínculo laboral vigente a la fecha límite.
Gratificación en Perú: en qué consiste y a quiénes corresponde
La gratificación es un derecho laboral dirigido a quienes pertenecen al régimen privado. Este beneficio económico se paga dos veces al año: antes del 15 de julio, por Fiestas Patrias, y antes del 15 de diciembre, por Navidad. Quienes hayan trabajado desde el 1 de enero hasta el 30 de junio de 2026 recibirán un sueldo íntegro adicional, más una bonificación extraordinaria equivalente al 9 % del aporte a EsSalud que hubiera correspondido. Aquellos afiliados a una Entidad Prestadora de Salud (EPS) recibirán un 6,75 % adicional.
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El cálculo varía para quienes no hayan completado el semestre. En esos casos, la ley establece que corresponde 1/6 de la remuneración computable por cada mes calendario completo trabajado. Por ejemplo, si un empleado inició labores el 1 de marzo y percibe un sueldo mensual de S/ 1,500, la gratificación a recibir por los cuatro meses trabajados será de S/ 1,000, más la bonificación extraordinaria.

Características legales y deducciones
El monto recibido por concepto de gratificación constituye un ingreso libre de aportes previsionales y contribuciones sociales. El único descuento aplicable es el Impuesto a la Renta, además de aquellos que el trabajador haya autorizado expresamente o los que se encuentren establecidos por mandato judicial. Esta característica hace que la gratificación represente uno de los ingresos más líquidos para quienes laboran en el régimen privado, ya que la mayor parte del monto es de libre disposición.
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La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) recalca que el pago oportuno de la gratificación es obligatorio para los empleadores. La omisión o el retraso en el depósito constituye una infracción grave en materia laboral.

Qué hacer si el empleador no deposita la gratificación a tiempo
Si la empresa no realiza el pago de la gratificación dentro del plazo establecido, los trabajadores cuentan con mecanismos formales para reclamar el cumplimiento de este derecho. El proceso puede realizarse de manera sencilla y segura.
Presentar una denuncia ante Sunafil:
- Puede hacerse virtualmente a través de la plataforma Sunafil Denuncia Virtual.
- Existe la opción de realizar la denuncia de forma presencial en las oficinas de la entidad.
- Sunafil también ofrece canales de atención como el teléfono 390-2780 y el correo electrónico consultas@sunafil.gob.pe.
- La identidad del denunciante se mantiene confidencial
Proceso de fiscalización:
- Sunafil puede iniciar una inspección presencial o una auditoría documental a la empresa denunciada.
- De comprobarse el incumplimiento, se aplican sanciones que varían según la cantidad de trabajadores afectados y el tamaño de la empresa.
- Las multas pueden ser significativas para los empleadores y sirven como medida disuasoria para garantizar el respeto de los derechos laborales.

Multas y consecuencias para las empresas
Las multas por el incumplimiento del pago de la gratificación se ajustan según el tamaño de la empresa y el número de trabajadores afectados. Para pequeñas empresas, la sanción mínima es de S/ 2,407.50, mientras que para empresas que no pertenecen al segmento MYPE, la multa puede ascender a S/ 139,742. La Gerencia Regional de Trabajo y Promoción del Empleo del Gobierno Regional de Arequipa ha advertido a los empleadores sobre la gravedad de la infracción y reiteró la obligación de cumplir con el pago dentro del plazo legal.
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Derecho a intereses legales y la vía judicial
Cuando el empleador paga la gratificación de forma extemporánea, los trabajadores tienen derecho a exigir el monto correspondiente con los intereses legales que se hayan generado por el retraso. Si el empleador persiste en el incumplimiento o existen otros beneficios pendientes, como la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), vacaciones o bonos, el trabajador puede iniciar una demanda judicial. Este trámite puede realizarse con la asesoría de un abogado laboralista o con el apoyo gratuito del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE).

La normativa otorga un plazo de hasta cuatro años para que los empleados reclamen estos beneficios, contados desde la fecha en que debieron efectuarse los respectivos pagos.
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Importancia del cumplimiento y exhortación a empleadores
La gerenta regional de Trabajo, Catherine Rodríguez Torreblanca, instó a las empresas a cumplir con sus obligaciones y evitar sanciones administrativas. “El pago oportuno de la gratificación es una obligación laboral que garantiza los derechos de los trabajadores”, sostuvo la funcionaria.
La autoridad laboral también recordó que el incumplimiento del pago de la gratificación afecta de manera directa la economía de los empleados y constituye una infracción grave en materia de relaciones laborales. Las empresas que no regularicen la situación pueden enfrentar sanciones económicas significativas y procesos legales.

Errores en cálculos pueden derivar en multas
Las empresas peruanas enfrentan un importante desafío con miras al próximo 15 de julio, fecha límite para el abono de la gratificación por Fiestas Patrias. Los errores en este proceso no suelen deberse al desconocimiento de la normativa, sino a la gestión de información desactualizada, la omisión de conceptos remunerativos o las fallas en el cálculo de la bonificación extraordinaria. Estas inconsistencias pueden derivar en costosos reclamos, sobrecarga operativa, intereses legales y multas severas impuestas por la autoridad laboral que superan los S/ 110 mil (hasta 20 UIT).
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Para mitigar estas contingencias, los expertos recomiendan validar minuciosamente la remuneración computable, la cual incluye el sueldo básico, la asignación familiar, las comisiones y las horas extras habituales. Asimismo, se debe calcular con precisión la gratificación proporcional para quienes no laboraron el semestre completo y aplicar la bonificación extraordinaria (9% para afiliados a EsSalud y 6.75% para EPS). Gianmarco Ynaba, Country Manager de Mandü en Perú, advierte sobre la necesidad de cuidar el proceso señalando que “un error, por pequeño que parezca, puede traducirse en observaciones, reclamos laborales, sobrecarga operativa e incluso sanciones económicas”.
El vocero de la organización enfatiza que el verdadero reto corporativo actual va más allá del simple desembolso económico dentro del cronograma legal, orientándose hacia la calidad técnica del procesamiento de la planilla. En ese sentido, Ynaba sostiene de manera categórica que “para las empresas, el reto no está únicamente en cumplir con el pago de la gratificación dentro del plazo, sino en garantizar que el cálculo sea preciso”, una meta donde la anticipación y la revisión minuciosa de los datos de cada colaborador se vuelven determinantes.
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Frente a este escenario de alta carga administrativa, la centralización de la información y el uso de herramientas tecnológicas que automaticen el pago surgen como las soluciones más eficientes para blindar a las organizaciones. Al respecto, el especialista concluye señalando el impacto estratégico de la transformación digital en las áreas de Recursos Humanos: “Hoy el principal desafío para las empresas no es cumplir con el pago de la gratificación, sino hacerlo con precisión. Cuando la información está centralizada y los procesos se automatizan, Recursos Humanos deja de invertir tiempo en corregir inconsistencias y puede enfocarse en tareas de mayor valor estratégico para la organización”.
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