
La decisión de Rafael López Aliaga de no juramentar como senador electo en julio próximo abrió un escenario inédito en la política peruana y desató un debate jurídico sobre qué instancia debe resolver su situación y si corresponde convocar al accesitario, tal como él mismo ha solicitado, para ocupar la curul que dejaría vacante.
El líder de Renovación Popular, quien fue proclamado senador electo para el periodo 2026-2031, comunicó mediante una carta dirigida al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y posteriormente al Congreso su intención de no asumir la curul. En el documento solicitó que su puesto sea ocupado por el accesitario correspondiente.
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El caso fue analizado por los constitucionalistas Aníbal Quiroga y José Elice, exoficial mayor del Congreso y exministro del Interior, quienes coincidieron en que se trata de una situación sin antecedentes claros en la historia reciente del país.
¿Puede López Aliaga renunciar antes de jurar como senador?
Durante el análisis que se dio en RPP Noticias, Aníbal Quiroga señaló que nunca antes un congresista electo había rechazado asumir el cargo para el que fue elegido por voto popular. “Es una situación inédita”, señaló.
El constitucionalista sostuvo que existe una discusión sobre la posibilidad de llamar al accesitario, debido a que, según su interpretación, para que este mecanismo opere tendría que existir una vacancia del cargo. “El cargo tiene que vacar y el cargo no ha vacado”, señaló.
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En esa línea, consideró que, si no existe una salida jurídica distinta, podría generarse una situación en la que López Aliaga simplemente no juramente y el Senado funcione temporalmente sin ese representante.
Por su parte, José Elice explicó que debe diferenciarse entre la etapa electoral y la etapa parlamentaria. Señaló que López Aliaga fue proclamado como electo, pero que todavía no ejerce plenamente la función de senador porque falta el acto de juramentación.
“Ha sido proclamado como tal, pero todavía no es senador. Para que pueda ejercer tiene que pasar por el proceso de constitución del Congreso y prestar juramento”, indicó.
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JNE sostiene que el Congreso debe resolver
Desde el Jurado Nacional de Elecciones se indicó que la proclamación de resultados ya fue realizada, como parte de sus comepetencias, y que corresponde al Congreso atender cualquier situación posterior.
Elice explicó que el organismo electoral no tendría una vía directa para resolver este caso porque sus competencias están vinculadas al proceso electoral y no al funcionamiento interno del Parlamento.
“Si uno lee las regulaciones sobre funciones del Jurado Nacional de Elecciones, no hay ninguna donde se pueda ubicar una situación como esta para que el JNE se pronuncie”, señaló.
Quiroga coincidió en que la función principal del JNE culmina cuando determina quiénes fueron elegidos y entrega las credenciales correspondientes. Cabe señalar que, el pasado 25 de junio, el organismo electoral realizó dicho protocolo durante una ceremonia en Miraflores, a la que Rafael López Aliaga no asistió pese a haber sido convocado como senador electo.
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“El jurado cumple su función cuando dice: ‘Este es el elegido’. Le da su credencial y luego va a juramentar”, sostuvo. Sin embargo, remarcó que López Aliaga no es un ciudadano común, sino una persona que recibió votos y que se encuentra en una etapa de transición hacia el ejercicio del cargo.
Ambos especialistas coincidieron en que se requiere una salida rápida para evitar una incertidumbre institucional, aunque reconocieron que actualmente existe un vacío sobre cómo proceder cuando un ciudadano elegido decide no asumir el cargo.
El retorno a la bicameralidad y el futuro del Senado
El caso ocurre además en el inicio del retorno del sistema bicameral en el Perú, con la próxima instalación de la Cámara de Senadores y la Cámara de Diputados para el periodo 2026-2031.
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Los especialistas señalaron que esta nueva etapa parlamentaria tendrá un proceso de adaptación, debido a que el país pasó más de tres décadas bajo un sistema unicameral.
Quiroga afirmó que la eliminación del Senado en la década de los 90 respondió a una decisión política y no necesariamente a una mejora institucional. “Se eliminó una cámara porque era más fácil controlar una sola cámara que dos”, sostuvo.
A su turno, Elice explicó que el nuevo esquema establece funciones diferenciadas: mientras la Cámara de Diputados tendrá un rol más fuerte en control político e iniciativa legislativa, el Senado tendrá la función de revisar y definir el contenido final de las leyes, además de participar en la designación de altos funcionarios del Estado.
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