Allegados a Antauro Humala presentan hábeas corpus para impedir la proclamación de Keiko Fujimori como presidenta

La acción constitucional solicita suspender la proclamación de resultados por presuntas dudas sobre la nacionalidad de la candidata de Fuerza Popular, nacida en Perú y de ascendencia japonesa

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Este video presenta un segmento de noticias que cubre una demanda de hábeas corpus. El documento legal visible en pantalla detalla una acción preventiva y correctiva, citando como demandados al Jurado Nacional de Elecciones, la Oficina Nacional de Procesos Electorales, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú y la candidata Keiko Sofía Fujimori Higuchi. Un banner en pantalla informa que 'Abogados Antauristas pretenden impedir juramentación de Keiko'. Una presentadora expone la información desde un estudio televisivo. La cobertura se centra en la intención de evitar una juramentación.

Se ha materializado la presentación de un hábeas corpus preventivo y correctivo ante el Poder Judicial, con el objetivo de impedir la proclamación de Keiko Sofía Fujimori Higuchi como presidenta de la República del Perú, en el marco del proceso de las Elecciones Generales 2026, que la sitúan como ganadora del balotaje.

El recurso constitucional, difundido en redes sociales el 22 de junio, es impulsado por abogados vinculados a sectores denominados “antauristas”, cercanos al etnocacerista Antauro Humala, quien previamente había cuestionado públicamente la situación de la nacionalidad de la lideresa de Fuerza Popular, tras conocerse su ventaja en el conteo de votos de la ONPE frente a su candidato aliado, Roberto Sánchez, de Juntos por el Perú.

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De acuerdo con el documento, la demanda plantea la existencia de una presunta amenaza cierta e inminente a la seguridad nacional, la soberanía y el debido proceso constitucional, solicitando que se suspenda cualquier acto de proclamación de resultados electorales hasta que se evalúen sus fundamentos.

Antauro Humala aparece segundo en la encuesta de intención de voto después de la lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori.
Hábeas corpus busca frenar proclamación de Keiko Fujimori: ¿qué argumenta el recurso?

El hábeas corpus incluye como entidades demandadas al Jurado Nacional de Elecciones (JNE), la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) y el Ministerio de Relaciones Exteriores, además de incorporar a la propia candidata como tercero legitimado pasivo.

El principal argumento del recurso es la presunta existencia de una doble nacionalidad de Keiko Fujimori, vinculada a registros familiares japoneses (Koseki), lo que —según los demandantes— generaría dudas sobre su situación jurídica y su elegibilidad en el proceso electoral.

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Documento blanco con texto en español sobre fundamentos de hecho, encabezado con número 3 y la página 03 TRES, incluye una firma
Un documento oficial aborda los fundamentos de hecho sobre la doble nacionalidad de Keiko Fujimori y su postulación a la Presidencia de la República en 2026. (-)

Asimismo, el recurso hace referencia a la presunta doble nacionalidad peruano-japonesa y al pasado político de su padre, el fallecido expresidente Alberto Fujimori, señalando que: “utilizó dicha nacionalidad en el año 2000 para fugarse del Perú, refugiarse en el Asia y eludir la acción de la justicia peruana, renunciando a la Presidencia mediante fax desde Tokio. Este antecedente constituye un peligro de reiteración e instrumentalización transnacional de la justicia, máxime cuando la propia candidata ha declarado que emulará las conductas de su progenitor”.

En ese sentido, el documento sostiene que este aspecto debe ser evaluado antes de una eventual proclamación oficial de resultados.

El recurso se presenta en un contexto de alta polarización política tras la segunda vuelta electoral, en el que el conteo de la ONPE ha favorecido a la candidata de Fuerza Popular.

En paralelo, Antauro Humala ya había formulado previamente cuestionamientos públicos sobre la nacionalidad de la candidata, en declaraciones que han sido parte del debate político en torno al proceso electoral.

El hábeas corpus deberá ser evaluado por el Poder Judicial, instancia que determinará si admite a trámite la demanda o la declara improcedente. De ser aceptado, se abriría una etapa de análisis constitucional sobre los alcances del pedido.

¿Keiko Fujimori no es peruana?

Retrato de Keiko Fujimori con la bandera de Perú y un mapa de América del Sur con el territorio peruano resaltado en color rojo
Perú en el centro del tablero regional: la victoria de Keiko Fujimori modificaría el equilibrio político en América Latina y golpearía a la izquierda articulada en la región. (Imagen Ilustrativa Infobae)

El Jurado Nacional de Elecciones ha publicado la hoja de vida de Keiko Fujimori en su plataforma oficial, donde se confirma que la candidata presidencial nació en Lima, Perú, y según la plataforma, posee únicamente la nacionalidad peruana.

Asimismo, es conocido que tanto Alberto Fujimori como Susana Higuchi, padre y madre de la candidata presidencial, nacieron en Lima, Perú, y ambos cuentan con ascendencia japonesa; en el caso de Alberto Fujimori, además, fue reconocido por Japón como ciudadano japonés al haber sido inscrito en el sistema de registro familiar (koseki).

¿Qué es el koseki y cómo funciona?

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El koseki (戸籍) es el registro civil oficial de Japón que documenta legalmente la existencia y el estado civil de los ciudadanos japoneses dentro de una estructura familiar. A diferencia de otros sistemas donde el registro es individual, en Japón el koseki se organiza por familias, vinculadas a un domicilio legal llamado honseki, que corresponde a una municipalidad dentro del territorio japonés.

En este registro se inscriben los principales hechos de la vida civil de una persona japonesa, como el nacimiento, matrimonio, divorcio, adopción, reconocimiento de hijos y fallecimiento. Estos eventos tienen efectos legales directos, ya que determinan la composición de la familia y el estado civil de cada integrante dentro del sistema japonés.

Cuando nace un hijo de ciudadanos japoneses, el registro en el koseki no se realiza de manera automática. Los padres deben presentar una “notificación de nacimiento” (shussei todoke) ante una municipalidad en Japón o en una embajada o consulado japonés en el extranjero. Este trámite es obligatorio para que el nacimiento quede formalmente registrado y el menor sea incorporado al koseki familiar correspondiente.

En el caso de la nacionalidad japonesa, esta se adquiere por filiación de manera automática si uno o ambos padres son japoneses, incluso si el nacimiento ocurre en el extranjero. Sin embargo, para que esa nacionalidad sea plenamente reconocida en el sistema administrativo japonés, es necesario que el nacimiento sea debidamente notificado e inscrito en el koseki dentro de los plazos establecidos. Si no se realiza este procedimiento, pueden generarse problemas de reconocimiento administrativo de la nacionalidad y del registro familiar.

Adicionalmente, Japón establece reglas sobre la doble nacionalidad. En los casos en que una persona posee nacionalidad japonesa y otra nacionalidad desde el nacimiento, la legislación japonesa exige que, al llegar a la mayoría de edad, la persona declare su intención de conservar la nacionalidad japonesa. Si no realiza esta declaración o no cumple con los requisitos establecidos, puede perder la nacionalidad japonesa conforme a la normativa vigente. No obstante, esta pérdida no es automática al nacer, sino que depende del cumplimiento de las obligaciones legales en la edad adulta.

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