
El Ministerio del Interior (Mininter) aprobó la “Lista de Nuevas Sustancias Psicoactivas (NSP)”, que servirá como instrumento legal para combatir el tráfico ilícito de drogas y fortalecer la investigación penal sobre estos compuestos emergentes
El Gobierno del Perú, a través del Mininter, oficializó el 17 de junio de 2026 la aprobación de la primera Lista de Nuevas Sustancias Psicoactivas (NSP). Esta decisión, publicada en el diario oficial El Peruano, responde a las recomendaciones técnicas de la Dirección General Contra el Crimen Organizado y la Dirección Antidrogas de la Policía Nacional del Perú.
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Según la resolución ministerial, la medida se alinea con los estándares internacionales y la clasificación del “Programa Mundial Smart” de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC).

Marco legal renovado
La resolución se fundamenta en los cambios introducidos por el Decreto Legislativo N° 1592, que modificó las disposiciones del Decreto Legislativo N° 1241, orientadas a fortalecer la lucha contra el tráfico ilícito de drogas (TID). Este marco legal exige que las listas de sustancias controladas, incluidas las NSP, sean actualizadas conforme a la normativa internacional y aprobadas por el Ministerio del Interior.
La normativa señala que “la lista de Nuevas Sustancias Psicoactivas (NSP) se encuentra contenida en el ‘Programa Mundial Smart’ de la Oficina de las Naciones Unidas Contra la Droga y el Delito (UNODC) u otros programas pertinentes”.
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Además, establece que la aprobación y actualización de la lista corresponde al Ministerio, con la propuesta técnica de la Dirección General Contra el Crimen Organizado y la opinión técnica de la Dirección Antidrogas de la Policía Nacional del Perú.
Procedimiento técnico
La propuesta de la lista fue elaborada por la Dirección de Control de Drogas y Cultivos Ilegales, que forma parte de la Dirección General Contra el Crimen Organizado. Según los informes oficiales, la iniciativa recibió opiniones favorables tanto de las unidades técnicas como jurídicas de la Dirección Antidrogas de la Policía Nacional del Perú. El informe N° 000026-2026-IN-VOI-DGCO-DDC-CIBC precisó que la lista propuesta está alineada con las clasificaciones internacionales monitoreadas por la UNODC.
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En su dictamen, la Dirección Antidrogas indicó que la elaboración de la lista contó con la participación de personal especializado de la Dirección de Investigación Criminal y de la propia dirección antidrogas, además del respaldo de la Dirección General Contra el Crimen Organizado. La base para la formulación fue la clasificación internacional reconocida por la UNODC.
Herramienta jurídica
El Ministerio del Interior sostuvo que esta nueva lista “dotará a las autoridades competentes de una herramienta jurídica importante para la investigación y persecución penal de los delitos vinculados con estas sustancias psicoactivas”.
El informe de la Oficina General de Asesoría Jurídica consideró legalmente viable la aprobación de la resolución, que fue publicada junto con su anexo en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano y en las sedes digitales tanto del Ministerio como de la Policía Nacional del Perú.
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El artículo 1 de la resolución dispone la aprobación de la “Lista de Nuevas Sustancias Psicoactivas (NSP)”, mientras que el artículo 2 ordena la publicación inmediata del documento y su anexo en los portales oficiales y en el diario oficial El Peruano.

Respaldo interinstitucional
La aprobación contó con el visado del Despacho Viceministerial de Orden Interno, la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú, la Dirección General Contra el Crimen Organizado y la Oficina General de Asesoría Jurídica.
El proceso se realizó conforme a la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior.
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José Mercedes Zapata Morante, ministro del Interior, firmó la resolución que marca un nuevo avance en la actualización legal para el control de sustancias psicoactivas en el país.
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