
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) disuelve otra cooperativa de ahorro y crédito. Ahora se trata de la Coopac Rural Abancay, una entidad que fue intervenida a fines de abril por incurrir en una de las causales para este proceso.
Básicamente, la coopac se encontraba incursa en la causal de pérdida total del capital social y de la reserva cooperativa, establecida en el literal b. del subnumeral 4-B.1. del numeral 4-B de la Vigésimo Cuarta Disposición Final y Complementaria de la Ley General. Es decir, la SBS la supervisó y encontró que tenía pérdidas que la hacían insostenible.
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Ahora, la resolución SBS N° 01525-2026, declara la disolución de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Rural Abancay dado que no levantó la pérdida del capital social y de la reserva cooperativa, al mantenere el patrimonio negativo de -S/984 mil 168,48. Asimismo, la SBS la excluirá del Registro Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público.
Luego de varias revisiones, la SBS explicó que la coopac Rural Abancay ha incurrido en la causal específica de sometimiento a régimen de intervención —prevista en el literal b. del subnumeral 4-B.1. del numeral 4-B. de la Vigésimo Cuarta Disposición Final y Complementaria de la Ley General, y en el numeral 2 del artículo 2 del Reglamento de Regímenes Especiales y de la Liquidación de las Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público—.
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Coopac no sobrevivió intervención
Como se sabe, las cooperativas de ahorro y crédito pueden sobrevivir las intervenciones de la SBS. Pero en el caso del Coopac rural Abancay, esta no ha logrado hacerlo.
Anteriormente se había determinado, “sobre la base de la información financiera reportada por la Cooperativa y los resultados de las acciones de supervisión permanente antes señaladas, un patrimonio negativo ascendente a - S/ 984 168.48 al 31.03.2025; mostrando, de tal forma, la pérdida total del capital social y de la reserva cooperativa”.
“Ante la situación descrita, corresponde a esta Superintendencia disponer la intervención de la COOPAC Rural Abancay y adoptar las acciones necesarias, conforme al marco legal vigente, a fin de, entre otros, proteger los intereses de los socios de la Cooperativa”, dictó entonces la SBS.
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Así, la SBS realizó la Asamblea General de Intervención de la Coopac Rural Abancay en Intervención de manera virtual, vía la plataforma Zoom, el 02/05/2026 en primera convocatoria, contando con la participación de dos socios que acreditaron documentariamente tal condición. Si bien se informó el plazo que se tenía de 30 días, para levantar la causal, esto no se logró.
Se venció el plazo
La SBS detalla en su resolución que mediante comunicación electrónica uno de los socios propuso trasladar US$ 300 mil, que mantendría en una entidad financiera en Suecia a una cuenta que abriría en la misma entidad a nombre de la Cooperativa (“ello, para fines de acreditar el levantamiento de la causal de intervención”).
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Sin embargo, la SBS le respondió que “considerando que el capital social de una entidad debe ser de libre y fácil disposición de la misma, en el marco de lo establecido en el artículo 234 de la Ley General de Sociedades, Ley N° 26887 y sus modificatorias, (...) a fin de considerar su propuesta como una acción concreta que puedan ser tomada en cuenta para efectos de acreditar el levantamiento de la causal de intervención de la Cooperativa, los fondos líquidos mantenidos en la citada entidad extranjera, debían ser transferidos a la cuenta que mantiene la Coopac Rural Abancay en una entidad del sistema financiero.
Fondos están protegidos
Sin embargo, ante la disolución de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Rural Abancay (COOPAC Rural Abancay), de Nivel 1, declarada por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante la Resolución SBS N° 01525-2026 publicada en el diario El Peruano el 03.06.2026, la SBS resalta que los fondos de los socios sí están protegidos.
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“Los depósitos de los socios se encuentran PROTEGIDOS por el Fondo de Seguro de Depósitos Cooperativo (FSDC) hasta por el monto máximo de cobertura, el cual asciende a S/ 5000 (cinco mil soles) por depositante, conforme a lo dispuesto por la Ley N.º 30822 y la Resolución SBS N.º 5061-2008 y sus modificatorias”, aclara.
Asimismo, en los próximos días se anunciará la fecha y la entidad supervisada por la SBS a la cual podrán acercarse los socios depositantes de la disuelta COOPAC Rural Abancay para cobrar la cobertura que brinda el FSDC. La información será publicada en la página web institucional del FSDC https://fsdcoop.org.pe/ y de la SBS https://www.sbs.gob.pe/.
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