
La Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU) reiteró a las empresas de transporte público la obligatoriedad de informar de manera previa cualquier modificación en su tarifario. La medida busca garantizar la transparencia en el cobro de pasajes y proteger el derecho de los usuarios a recibir información clara sobre las tarifas del servicio.
De acuerdo con la normativa vigente, las compañías autorizadas deben comunicar a la ATU cualquier variación en los precios antes de implementarla. En lo que va del año, la entidad adscrita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) ha emitido más de 400 cartas informativas a empresas de transporte público, exhortando el cumplimiento de esta disposición.
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La regulación, respaldada por la resolución de Presidencia Ejecutiva n.° 203-2023-ATU/PE, establece que las empresas deben respetar los pases libres y las tarifas diferenciadas para ciertos grupos de usuarios. El incumplimiento de estas obligaciones puede derivar en diferentes sanciones económicas, dependiendo de la gravedad de la infracción.
Entre las principales sanciones figuran:
- No registrar ante la ATU las tarifas previstas para la prestación del servicio o sus modificaciones: multa de una UIT (S/5.500).
- No respetar los pases libres o las tarifas diferenciadas: sanción del 10% de la UIT (S/550).
- No entregar boleto o expedir boletos incorrectos: sanción del 5% de la UIT (S/275).
- No cumplir con la publicación de la modificación de las tarifas: sanción del 5% de la UIT (S/275).
Durante 2026, solo 16 empresas han realizado el trámite de notificación ante la ATU para incrementar sus tarifas, con aumentos que oscilan entre 20 céntimos y dos soles en rutas como Carabayllo - Chorrillos, Ate - Callao o San Juan de Lurigancho - Villa El Salvador. Los incrementos se han aplicado a las tarifas de adulto y universitario, mientras que el pasaje escolar se mantiene sin variación.
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Tarifas diferenciadas
En paralelo, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) recordó a los estudiantes universitarios que el derecho al medio pasaje está vigente y debe ser respetado en el transporte público urbano e interurbano.
Según la Ley 26271, el medio pasaje universitario se aplica de lunes a sábado, entre las 5:00 a. m. y las 12:00 a. m., y equivale al 50% de la tarifa general, siempre que el usuario presente su carné universitario.
El Indecopi precisó que está facultado para fiscalizar el cumplimiento de esta normativa y, en caso de infracción, puede imponer multas de hasta 450 UIT, equivalentes a S/2 millones 475 mil. Entre 2020 y 2026, la entidad recibió 450 reclamos relacionados con el cobro indebido del medio pasaje.
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Para denunciar irregularidades, los usuarios deben conservar el boleto de viaje, registrar los datos del vehículo y la empresa, y reunir evidencia como fotografías. Las quejas pueden presentarse al correo denunciasfiscalizacion@atu.gob.pe o a los canales de atención del Indecopi: 224-7777 (Lima), 0800-44040 (provincias) y sacreclamo@indecopi.gob.pe.
Ambas entidades reiteraron la importancia de cumplir con la obligación de informar sobre cambios en las tarifas y respetar los beneficios diferenciados, subrayando que la transparencia y la protección de los derechos de los usuarios son pilares fundamentales en el servicio de transporte público.
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