
El Jurado Electoral Especial de Lima Centro 1 rechazó el pedido del partido Renovación Popular para anular las mesas de sufragio que se instalaron luego del mediodía del domingo 12 de abril.
Para empezar, el JEE desestima la nulidad planteada por el partido de Rafael López Aliaga porque nunca precisaron las mesas que se habrían instalado tardíamente, sino que hacen un “cuestionamiento genérico y global respecto de todas las mesas que, según afirma, habrían sido instaladas luego de las 12:00 horas”.
“En ese sentido, no habiéndose satisfecho tales exigencias, ni existiendo constancia de su formulación en el acta electoral, el escrito deviene en improcedente”, se lee en la resolución.
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Incluso Renovación Popular exigió que el JEE Lima Centro 1 le pida a la ONPE que identifique las mesas de sufragio que empezaron a funcionar luego del mediodía. Sin embargo, el tribunal precisa que las pruebas deben ser proporcionadas por los partidos, por lo que no se admite que de oficio se deba solicitar elementos de prueba.
No obstante, el principal argumento por el que se desestima la solicitud del partido celeste es el acuerdo que adoptó el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) ante la falta de material electoral en varias mesas de Lima.

Como se recuerda, el JNE dispuso que el horario máximo para que se instale una mesa sea las 2:00 de la tarde del día de los comicios y ordenó a los JEE que no se aplique la causal establecida en el artículo 363 de la Ley Orgánica para declarar la nulidad de la misma.
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“El escrito presentado no solo incumple los requisitos subjetivos y objetivos de procedencia conforme a las reglas procesales aplicables a la causal prevista en el literal a) del artículo 363 de la LOE, sino que además desconoce la medida excepcional adoptada por el Pleno del JNE para salvaguardar el ejercicio efectivo del derecho al sufragio ante una situación extraordinaria. Por ello, no corresponde emitir pronunciamiento sobre el fondo del pedido”, se lee en el documento.
Cabe precisar que Renovación Popular no solo pedía la anulación de las mesas instaladas luego del mediodía, sino que se anulen las votaciones de presidente y vicepresidentes de la República, senadores, diputados y representantes ante el Parlamento Andino. No obstante, el JEE Lima Centro 1 responde que solo competencia sobre pedidos respecto a la plancha presidencial.
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“Declarar improcedente la solicitud principal presentada por don Fernando Sandoval Ruiz, personero legal alterno de la organización política Renovación Popular, así como su escrito complementario, ambos de fecha 15 de abril de 2026, sobre nulidad del sufragio y de los resultados electorales de las mesas de sufragio en el marco de las Elecciones Generales 2026, conforme a los fundamentos precisados en la presente Resolución”, resolvió el JEE Lima Centro 1.
Fracasos
Esta es la segunda derrota de Renovación Popular ante los JEE. Infobae informó que el JEE de Jaén desestimó un pedido para anular una mesa de sufragio de Cajamarca porque no se pagó la tasa electoral de 1.375 soles.
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