
La Comisión de Trabajo y Seguridad Social ha aprobado un dictamen con un gran cambio para todos los servidores públicos del Estado. En casos de denuncias, procesos sancionadores, entre otros, donde los trabajadores necesiten de defensa legal, actualmente, estos tienen derecho a recibirla con cargo a los recursos de su entidad.
Esto es así según la Ley N.° 30057, Ley del Servicio Civil. Esta señala que en caso de que se encuentra responsabilidad en el trabajador, este debe reembolsar a la entidad por los gastos realizados en su defensa.
Pero un dictamen aprobado por la Comisión de Trabajo del Congreso plantea voltear esto. Ya no el Estado asumiría este costo y luego se le cobraría al trabajador. Ahora los servidores públicos deberán gastar tiempo en conseguir su defensa legal y pagarla con su dinero, y solo si salen librados del asunto podrán pedir un reembolso al Estado de lo gastado.
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Defensa legal ya no correría por el Estado
El dictamen aprobado por la Comisión de Trabajo, presidida por el congresista Alex Paredes de Somos Perú, tiene origen en dos proyectos de ley: uno de Edgar Reymundo Mercado, del Grupo Parlamentario Cambio Democrático-Juntos por el Perú, y otro de María Del Carmen Alva Prieto, actualmente no agrupada.
Es el proyecto de Alva el cual ha sido tomado en cuenta más para el dictamen, dado que el del otro congresista planteaba, en realidad que los que “fueran denunciados durante su gestión por la comisión de los delitos cometidos contra la administración pública, señalados en los artículos 376 al 401 del Código Penal, quedan exceptuados de recibir este beneficio”.
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El de Maricarmen Alva fue recogido casi tal cual y en su primer artículo plantea cambiar los derechos de los servidores civiles. Es decir, modificar el artículo 35º de la Ley 30057 Ley del Servicio Civil. Esto quita el siguiente derecho que actualmente existe y se aplica:
“Contar con la defensa y asesoría legal, asesoría contable, económica o afín, con cargo a los recursos de la entidad para su defensa en procesos judiciales, administrativos, constitucionales, arbitrales, investigaciones congresales y policiales, ya sea por omisiones, actos o decisiones adoptadas o ejecutadas en el ejercicio de sus funciones, inclusive como consecuencia de encargos, aun cuando al momento de iniciarse el proceso hubiese concluido la vinculación con la entidad. Si al finalizar el proceso se demostrara responsabilidad, el beneficiario debe reembolsar el costo del asesoramiento y de la defensa especializados”.
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Ahora el servidores debe ganarle al Estado
El dictamen borra todo asomo en la Ley Servir de que se tenga como derecho del servidor acceder a defensa legal. Pero además, agrega una parte más a ese artículo 35, que detalla cómo ahora la situación debe ser a la inversa.
“El servidor civil asume con sus propios recursos económicos su defensa y asesoría legal, asesoría contable, económica o afines en los procesos judiciales, administrativos, constitucionales, arbitrales, investigaciones congresales y policiales ya sea por omisiones, actos o decisiones adoptadas o ejecutadas en el ejercicio de sus funciones, inclusive como consecuencia de encargos, aun cuando al momento de iniciarse el proceso hubiese concluido la vinculación con la entidad”, aclara.
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Y con esta Ley, “si al término de los procesos señalados en el párrafo precedente se determina en última instancia o con el archivo de la causa que no existe responsabilidad administrativa, civil o penal el servidor o exservidor civil tiene derecho al reembolso de todos los gastos asumidos por concepto de su defensa o asesoría especializada, incluyendo intereses legales que se generen“.
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