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Exportadores peruanos podrán recuperar aranceles del 10% tras fallo de la Corte Suprema de EEUU

El arancel se aplicó principalmente a arándanos, uvas, cítricos y espárragos, que conforman más del 60% de la canasta exportadora peruana a Estados Unidos

El fallo impacta directamente a sectores clave en Colombia, como el de las flores, que habían enfrentado un arancel del 10% - crédito Sergio Acero/Colprensa
La devolución de aranceles solo beneficiará a quienes demuestren pagos con liquidaciones y documentación aduanera ante la CBP estadounidense. Sergio Acero/Colprensa
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El reciente fallo de la Corte Suprema de Estados Unidos, que declaró ilegales los aranceles del 10% aplicados a productos agrícolas peruanos entre abril de 2025 y febrero de 2026, ha generado un escenario complejo y de alto impacto para el sector agroexportador nacional.

Según Matías Araya, especialista en comercio internacional hortofrutícola de Araya & Cía. Abogados, la decisión abre la puerta a la devolución de pagos por estos aranceles, pero plantea retos técnicos y económicos para las empresas exportadoras.

La Corte Suprema de EEUU anula los aranceles del 10%

El sector agroexportador peruano, que en 2025 superó los 15.000 millones de dólares en ventas externas y generó alrededor de 900.000 empleos directos, fue uno de los principales afectados por el arancel del 10% impuesto bajo la Ley de Poder Económico de Emergencia de 1977, utilizado por la administración estadounidense para justificar la medida.

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La resolución judicial determinó que esta ley no era la vía adecuada para imponer aranceles, ya que se trataba de un gravamen asimilable a un impuesto y requería autorización del Congreso.

Presidente de Estados Unidos, Donald Trump anunció una serie de aranceles. (Foto: El Peruano)
Los exportadores peruanos cuentan con 180 días para presentar protestas formales ante las autoridades aduaneras de Estados Unidos y evitar la pérdida de posibles reembolsos. DIFUSIÓN

El fallo tiene consecuencias directas para los exportadores que asumieron el costo de estos aranceles bajo la modalidad de libre consignación, un esquema en el que el exportador asume todos los costos hasta la internación del producto en Estados Unidos.

Araya advierte para Infobae Perú que solo quienes efectivamente pagaron el arancel, y puedan demostrarlo con liquidaciones y documentación aduanera, serán considerados legítimos beneficiarios de la devolución. Se estima que la mayoría de los exportadores hortofrutícolas peruanos utilizaron esta modalidad.

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Cómo y quiénes pueden reclamar la devolución de los aranceles

Un punto clave es el plazo de 180 días para presentar la protesta o reclamo formal ante la autoridad aduanera estadounidense (CBP). Si las empresas no revisan oportunamente sus liquidaciones y no actúan dentro de este periodo, perderán el derecho a solicitar la devolución.

El proceso implica gestionar la cesión de derechos (Assignment of Rights, AOR) en los casos en que el importador de registro (Import of Record) no sea el exportador directo, procedimiento que debe estar correctamente estructurado para evitar trabas legales y administrativas.

cafe peruano
Un nuevo arancel general de 10% rige ahora bajo la Sección 122 del Código de Comercio de 1974, susceptible de mantenerse solo por 150 días sin prórroga del Congreso.

El fallo no implica una eliminación automática de aranceles para el futuro. Tras la decisión judicial, el gobierno estadounidense aplicó un nuevo arancel general del 15%, que luego fue reducido al 10%, amparado en la Sección 122 del Código de Comercio de 1974.

Esta medida, según el experto, solo puede mantenerse por 150 días, salvo autorización expresa del Congreso, por lo que el escenario arancelario para el sector peruano sigue siendo incierto y sujeto a cambios regulatorios a corto plazo.

El plazo de 180 días: riesgos y advertencias para el exportador

La imposición y posterior devolución de aranceles tiene efectos económicos concretos. El arancel del 10% afectó los márgenes de rentabilidad de productos emblemáticos como arándanos, uvas, cítricos y espárragos, que representan más del 60% de la canasta exportadora hortofrutícola peruana a Estados Unidos.

Si bien la devolución permitirá recuperar parte de los ingresos perdidos, el proceso será lento y requerirá documentación exhaustiva, asesoría legal especializada y seguimiento permanente ante las autoridades aduaneras.

Arándanos congelados
El proceso de devolución de aranceles requiere asesoría legal y precisa cesión de derechos en casos donde el importador no coincide con el exportador peruano. (Blueberries Consulting)

Araya advierte que el riesgo de no gestionar adecuadamente el reclamo puede conllevar pérdidas económicas irreversibles para los exportadores.

Además, el mantenimiento de altos aranceles en Estados Unidos podría incentivar la diversificación de mercados, aunque reemplazar el volumen y el valor del mercado norteamericano es un reto considerable dada su escala y dinamismo.

En paralelo, otros destinos importantes como la Unión Europea están elevando sus requisitos regulatorios para importaciones agrícolas, lo que complica aún más la estrategia de diversificación.

Un fallo histórico que impacta al sector agroexportador peruano

Para Araya, el sector agroexportador peruano enfrenta un contexto internacional volátil, donde la gestión técnica y legal de los aranceles y la búsqueda de eficiencia operativa serán determinantes para mantener su competitividad.

La recomendación de los expertos es mantener un registro detallado de pagos, liquidaciones y contratos, y actuar con rapidez en la presentación de reclamos para no perder el derecho a la devolución.

El caso también subraya la vulnerabilidad de sectores intensivos en trabajo frente a la política comercial internacional y la importancia de fortalecer la capacidad técnica y legal de las empresas peruanas para navegar escenarios regulatorios cambiantes.

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