Durante la sesión del pleno extraordinario del Congreso de la República del Perú, se aprobó con 75 votos a favor y 24 en contra la censura contra el jefe de Estado José Jerí, decisión que puso fin a su mandato de manera inmediata y abrió un escenario institucional inédito. La medida generó interrogantes sobre la continuidad del Poder Ejecutivo y, en particular, sobre la situación legal y funcional de los ministros de Estado tras la salida del mandatario.
En ese contexto, el abogado constitucionalista Aníbal Quiroga explicó que el país atraviesa una situación excepcional, pues la censura se aplicó en un escenario que no había ocurrido antes. “Entramos en una situación que nunca se había producido, en la cual el presidente de la República es censurado y no hay presidente del Congreso, por lo tanto no hay sucesión hasta mañana a las seis de la tarde”, señaló en declaraciones brindadas en entrevista para América Noticias.

¿Qué pasará con los ministros?
Quiroga sostuvo que, desde el punto de vista técnico, la conducción del Poder Ejecutivo queda temporalmente en manos del presidente del Consejo de Ministros, Ernesto Álvarez, aunque aclaró que ello no equivale a asumir la Presidencia. “El premier tiene las riendas del Ejecutivo, dirige a los ministros, pero no es presidente ni personifica la nación”, precisó.
El especialista añadió que este escenario implica limitaciones formales en la gestión gubernamental. Según explicó, los ministros pueden continuar ejerciendo sus funciones administrativas y firmando resoluciones ministeriales, pero no están facultados para emitir normas que requieran refrendo presidencial. “Las resoluciones supremas o decretos supremos no, porque requieren el refrendo presidencial y ya no hay presidente”, afirmó.

Límites legales y continuidad ministerial
Respecto a la permanencia de los integrantes del gabinete, Quiroga indicó que la legislación vigente establece que los ministros continúan en sus cargos hasta que sean reemplazados oficialmente. Esto significa que el aparato estatal no se paraliza, aunque sí opera con restricciones normativas mientras no se designe a un nuevo jefe de Estado.
El jurista también subrayó que la salida del mandatario surte efecto inmediato tras el anuncio oficial del resultado parlamentario, independientemente de formalidades posteriores. “No estamos en un juzgado de paz para una notificación judicial; es un acto público y todos han tomado conocimiento de que el presidente ha sido censurado”, manifestó.
Elección pendiente en el Congreso
El proceso político continuará con la elección de una nueva Mesa Directiva del Parlamento, la cual será determinante porque el titular del Legislativo que resulte elegido asumirá también la Presidencia de la República de forma transitoria. Este procedimiento responde al mecanismo constitucional de sucesión vigente en el país.
Según Quiroga, esta situación obligará a una recomposición interna del Congreso y del Ejecutivo en pocos días, pues el presidente transitorio tendrá la facultad de designar un nuevo gabinete ministerial. El especialista anticipó que ese proceso podría tomar “tres o cuatro días” hasta completar los nombramientos necesarios.

Debio ser vacancia y no censura
El constitucionalista cuestionó el mecanismo utilizado para retirar al mandatario y sostuvo que, desde su interpretación jurídica, debió aplicarse la figura de vacancia en lugar de la censura. A su juicio, lo ocurrido sienta un precedente institucional problemático. “Se ha puesto una ley por encima de la Constitución para censurar al presidente, que no es objeto de censura. Técnicamente, hay una vacancia”, declaró.
El especialista advirtió que este episodio podría impulsar cambios normativos en el futuro cercano para evitar vacíos de poder similares. Señaló que probablemente se planteen reformas constitucionales destinadas a precisar qué ocurre cuando el presidente del Congreso asume temporalmente la jefatura del Estado, con el fin de impedir conflictos de competencias y reforzar el principio de separación de poderes.
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