
El Gobierno del Perú aprobó el Decreto Legislativo n.° 1738, que fija un máximo de siete líneas móviles por persona natural como medida para reforzar la seguridad ciudadana y combatir la extorsión, el fraude y la suplantación de identidad.
La norma entrará en vigencia el 14 de febrero de 2026 y modifica el marco legal para ejercer un mayor control sobre la titularidad de servicios de telefonía.
Al momento de la entrada en vigor del reglamento, quienes ya posean más de siete líneas podrán conservarlas sin perder el servicio. Sin embargo, estos usuarios quedarán impedidos de contratar adicionales, a menos que den de baja alguna de las que mantienen activas. Este mecanismo busca evitar la concentración desproporcionada de registros telefónicos en pocas personas, sin afectar los contratos ya existentes.
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La autoridad reguladora, Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel), tendrá la responsabilidad de supervisar que se cumpla con el límite permitido. En caso de que un usuario con más de siete líneas intente adquirir una adicional después de la fecha límite, podrá ordenarse la suspensión de los servicios excedentes, previo aviso para que regularice su situación. El objetivo es frenar el uso anónimo de líneas, una modalidad frecuente en delitos de extorsión y fraude.

En el país, el 87 % de las extorsiones se realiza mediante comunicaciones anónimas por teléfono, facilitadas por la acumulación de líneas en manos de un solo titular. Se han identificado casos extremos, como 143 ciudadanos que superan las 50 líneas activas. Por ello, la regulación apunta a limitar estas prácticas que favorecen el anonimato y la comisión de ilícitos.
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El nuevo tope de siete líneas responde a los hábitos de consumo identificados en la Encuesta Residencial de Servicios de Telecomunicaciones (Erestel) 2024, elaborada por Osiptel. La mayoría de usuarios utiliza entre una y seis líneas móviles, y solo un pequeño grupo presenta patrones atípicos que podrían estar asociados a actividades sospechosas. El 66,6 % de los usuarios tiene entre una y dos líneas, por lo que la restricción no impactará en el consumo regular ni en la operación de las empresas del sector.

Esta disposición también se ajusta a tendencias internacionales. México, por ejemplo, ha establecido un límite de diez líneas por usuario, Brasil mantiene topes entre cinco y diez, y en República Dominicana el máximo es ocho. En varios países asiáticos, la cantidad permitida varía de tres a diez líneas, lo que evidencia que la medida peruana sigue las mejores prácticas globales en materia de control y trazabilidad telefónica.
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El decreto refuerza los mecanismos de control y verificación con herramientas como la plataforma Checa tus líneas (LINK), que permite a los ciudadanos revisar y reportar líneas móviles registradas a su nombre que no reconozcan. Además, se actualiza el Registro Nacional de Equipos Terminales Móviles para la Seguridad (Renteseg), con el fin de impedir el uso ilícito de teléfonos.
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