
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) publicó el reglamento de la Ley Nº 32309, conocida como Ley Tudela (por su autora, la congresista Adriana Tudela), marcando un antes y un después en el acceso a los fondos para el cine y el audiovisual peruano.
El Decreto Supremo Nº 099-2026-EF, difundido en El Peruano, detalla una serie de incentivos fiscales y económicos que, lejos de ser universales, llegan acompañados de condiciones, exclusiones y un esquema de vigilancia y control tributario poco habitual para la industria cultural.
Incentivos con candados: solo para quienes cumplan requisitos estrictos
El reglamento permite deducir hasta 20% de donaciones en dinero para proyectos inscritos en el RENCA (Registro Nacional de la Cinematografía y el Audiovisual), pero excluye cualquier vínculo societario o familiar entre donante y beneficiario y exige que los fondos pasen antes por el Ministerio de Cultura.
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Solo proyectos avalados oficialmente y con fines culturales, bajo certificación de la Dirección del Audiovisual, la Fonografía y los Nuevos Medios (DAFO), podrán acceder a este beneficio, dejando fuera a numerosas iniciativas independientes o asociativas que históricamente han sostenido la diversidad en el cine peruano.

A la vez, se crea el crédito audiovisual para quienes inviertan en producción nacional, aunque su acceso depende del cumplimiento de múltiples requisitos contables, auditorías externas y la obtención del Certificado de Inversión en la Producción Audiovisual (CIPA).
El crédito se limita a cubrir hasta el 50% de la obligación tributaria y solo para gastos directos certificados, excluyendo todo lo relacionado con la promoción, distribución, investigación o nuevas formas narrativas como videojuegos y realidad virtual.
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Por ejemplo, si una empresa invierte 20,000 soles en la producción de una película peruana. Supongamos que su impuesto a la renta anual es de 15,000 soles. Gracias al crédito audiovisual, la empresa puede usar hasta 10,000 soles (el 50% de su impuesto) para reducir lo que debe pagar al Estado.
Exoneraciones y limitaciones: beneficios para pocos
La exoneración de derechos arancelarios a la importación de equipos solo será posible para proyectos reconocidos por el Ministerio de Cultura y registrados ante la SUNAT.
Los bienes importados quedarán sujetos a una prohibición de transferencia de cuatro años, y la resolución con el listado de bienes debe ser publicada y verificada digitalmente. Quienes no cumplan estos requisitos perderán automáticamente el acceso al beneficio.
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Más burocracia, menos inclusión
Pero el reglamento impone también una serie de controles, plazos y documentación que complican el acceso a los incentivos. Los beneficiarios necesitan presentar actas, resoluciones, informes auditados y registros específicos ante la SUNAT, bajo la amenaza de perder los créditos y ser sancionados si cometen errores o demoras.
El monto mínimo para acceder es de 9 UIT para cine (películas) y 21 UIT para audiovisual (series, documentales, etc.) lo que equivale en 2026 a 49.500 soles y 115.500 soles respectivamente, usando el valor vigente de 5.500 soles por UIT. Sin embargo, la UIT se actualiza anualmente, por lo que los montos exigidos serán mayores en los próximos años.
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Además, el 30% del financiamiento debe ser privado, es decir, los guionistas y productores deberán demostrar al menos 34.650 soles de inversión no estatal para cada proyecto audiovisual que aspire a los beneficios, cifra que también aumentará si sube la UIT.

Críticas del sector: censura y abandono a la diversidad
La Ley Tudela ha sido calificada por gremios y colectivos culturales como una “ley anticine”. La razón: establece la posibilidad de negar financiamiento estatal a obras que, a criterio de la autoridad, “atenten contra el Estado de derecho o vulneren la Constitución”, abriendo la puerta a la censura política.
Además, exige que el Estado solo financie hasta el 70% del costo de una producción, obligando a los creadores a reunir el 30% restante de fuentes privadas, una tarea difícil fuera de Lima y para el cine independiente o en lenguas originarias.
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La eliminación de criterios de inclusión y diversidad, presentes en la legislación anterior, agrava el panorama para la producción regional y comunitaria. La norma y su reglamento priorizan la fiscalización y la recaudación, relegando el fomento real del cine y la cultura a un segundo plano.
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