¿Gratificación se pagará a tiempo? Este es el día en que cae la fecha límite en diciembre

La ‘grati’ se deposita pronto. Como se recuerda, el pago de la CTS pudo demorar porque la fecha límite cayó en día no hábil. ¿Pasará lo mismo con el ‘sueldo extra’?

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La gratificación es un derecho
La gratificación es un derecho que todos los trabajadores tienen dos veces por año

Este diciembre los millones de trabajadores privados esperan el pago de su ‘sueldo extra’ (más un 9%, por el aporte a Essalud, o 6,75%, a una EPS): la gratificación que pagan las empresas a sus trabajadores en estas fechas debe desembolsarse durante los primeros quince días (la quincena) de diciembre (lo mismo en julio).

Si esta fecha límite, el 15 de diciembre, cae en día no hábil, las empresas deberán hacer el pago en el día hábil anterior. Por ejemplo, el 2024, el 15 cayó domingo, y las empresas tuvieron hasta el viernes 13 de ese diciembre para hacer el pago. Este 2025, sin embargo, no tendrá que aplicarse esto.

La gratificación se deposita hasta el lunes 15 de diciembre, por lo que las empresas podrán depositar el sueldo extra (o medio sueldo, según aplique) inclusive hasta esa fecha. Sin embargo, eso no quita que los empleadores hagan el pago antes, para beneficio de sus trabajadores: la fecha anterior más cercana sería el viernes 12 de diciembre. Pero la Ley no los obliga a esto.

Los trabajadores recibirán la bonificación
Los trabajadores recibirán la bonificación extraordinaria equivalente al aporte que realiza el empleador a EsSalud (9%) o a una EPS (6.75%). - Crédito Andina/Carla Patiño Ramírez

Gratificación se paga hasta el lunes

Falta menos de una semana para que las empresas depositen el pago de la gratificación a sus trabajadores. Este mes de diciembre de 2025 este beneficio puede desembolsarse hasta el lunes 15; es decir, la próxima semana.

Sin embargo, esto no quita que los empleadores hagan el pago antes. Según reportes en redes sociales que Infobae Perú pudo identificar, ya algunas empresas han realizado este pago en la primera semana de diciembre.

“Las gratificaciones ordinarias serán abonadas en la primera quincena de los meses de julio y de diciembre. Este plazo es indisponible para las partes”, resalta el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo en la última guía del pago disponible, un documento que ayuda a los peruanos a conocer a fondo todo sobre este derecho laboral.

Varios gremios de trabajadores del
Varios gremios de trabajadores del Estado han lucha por su paso a regímenes que les otorguen esta gratificación. - Crédito Andina

Como se sabe, “el monto de cada una de las gratificaciones ordinarias es equivalente a una remuneración íntegra si el trabajador ha laborado durante todo el semestre, y se reduce proporcionalmente en su monto cuando el tiempo de servicios es menor”.

Los días en que tendrá que pagarse

Las empresas ya pueden pagar la gratificación de diciembre a sus trabajadores (de hecho, ya hay reportes de que varias lo han hecho ya). Estos son los días restantes en que el pago podría realizarse, para los que aún no lo reciban. Se debe considerar que los empleadores están obligados a hacer este pago en alguna de estas fechas:

  • Martes 9 de diciembre
  • Miércoles 10 de diciembre
  • Jueves 11 de diciembre
  • Viernes 12 de diciembre
  • Lunes 15 de diciembre. Esta es la fecha límite.

Si el empleador hace el pago el martes 16 de diciembre, en una fecha posterior, o no hace el pago, puede ser multado por la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil).

Trabajadores que no reciben gratificación
Trabajadores que no reciben gratificación y las razones legales por las que no se les paga este beneficio económico

Multas por incumplir el pago

Como se sabe, el atraso o no pago de la gratificación implica sanciones que varían según el tamaño de la empresa y el número de trabajadores afectados.

En el caso de la infracción más común, una grave, el pagar fuera de plazo, estos son los montos a los que pueden ascender las multas según el tamaño de la empresa infractora (según su valor vigente con la UIT de 2025):

  • Multa máxima para microempresas: S/2 mil 407,5
  • Pequeñas empresas: S/24 mil 75
  • Empresas no MYPE: S/139 mil 742.