El Congreso de la República aprobó este miércoles la inhabilitación por diez años de la fiscal de la Nación Delia Espinoza, tras aceptar dos pedidos de reconsideración y someter el caso a una nueva votación plenaria. La decisión llega luego de un primer intento fallido, cuando la moción no alcanzó los votos necesarios y la denuncia constitucional había quedado en vía de archivo.
En la primera votación, la propuesta para sancionar a Espinoza obtuvo solo 63 votos a favor de los 68 requeridos, lo que representó un revés para los impulsores de la denuncia. Sin embargo, tras la intervención de los congresistas Jorge Montoya y Norma Yarrow, quienes solicitaron la reconsideración, el Pleno volvió a debatir el caso en una sesión con 116 parlamentarios presentes. Finalmente, la inhabilitación se aprobó con 71 votos a favor, 17 en contra y tres abstenciones.
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La sanción se fundamenta en la acusación de que Espinoza habría respaldado y elaborado el reglamento “Actuación Fiscal en la Investigación del delito”, documento que, según los denunciantes, contraviene la Ley 32130. No obstante, informes oficiales señalan que ese texto nunca fue debatido ni votado por la Junta de Fiscales Supremos, sino que se trató de una acción adoptada durante la gestión temporal de Juan Carlos Villena como fiscal de la Nación interino.
Durante su intervención, Espinoza denunció el carácter arbitrario de la acusación y atribuyó la medida a una represalia por las denuncias constitucionales que presentó contra varios congresistas. Advirtió sobre las implicancias de esta decisión para el ejercicio independiente del Ministerio Público y señaló: “O te doblegas o te sacan. O te sometes o pierdes tu trabajo, pierdes tu sueldo, tu seguro social, pierdes tu vida, pierdes lo que amas hacer”.
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La defensa de la fiscal fundamentó que su actuación siempre se mantuvo dentro de las competencias que le otorga la Constitución y orientada a la defensa de la legalidad. Sin embargo, el informe respaldado por la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales argumentó que Espinoza vulneró los artículos 45, 93 y 139 de la Carta Magna, configurando los posibles delitos de abuso de autoridad y prevaricato.
Críticas y celebración
La inhabilitación de Delia Espinoza desencadenó reacciones opuestas en el Congreso. Mientras el presidente del Parlamento, Fernando Rospigliosi, saludó la medida y calificó a la exfiscal como “desquiciada”, otras voces parlamentarias expresaron alarma por lo que consideran una decisión motivada por la venganza política y el deseo de controlar instituciones incómodas para la mayoría legislativa.
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Parlamentarias como Susel Paredes, Sigrid Bazán y Flor Pablo denunciaron presiones, arbitrariedades y un grave atropello al equilibrio de poderes, señalando que la destitución responde al interés de excluir a una funcionaria que impulsó investigaciones contra varios congresistas. En la misma línea, el abogado de Espinoza, Rodolfo Pérez, calificó el procedimiento como tramposo y arbitrario, resaltando las coacciones y el clima hostil dentro del proceso parlamentario.

Eventual segunda inhabilitación
La posibilidad de una segunda inhabilitación contra Delia Espinoza toma fuerza luego de que la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales aprobara un nuevo informe final que plantea excluirla de la función pública por otros diez años. El documento, elaborado por el congresista Elvis Vergara Mendoza, señala presuntas infracciones constitucionales y la posible comisión de los delitos de abuso de autoridad y prevaricato por parte de Espinoza.
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Esta nueva medida se fundamenta en la denuncia constitucional que la propia Espinoza presentó contra once legisladores. Estos congresistas votaron a favor de una ley que permite a exmiembros de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional percibir, al mismo tiempo, pensión y remuneración, situación que encendió el debate sobre la legalidad de ese beneficio.
Para la defensa de Espinoza, su actuación se mantuvo dentro del marco constitucional, justificando que su intervención buscaba proteger la legalidad y asegurar la persecución del delito en el ámbito parlamentario. No obstante, el informe sostiene que su proceder vulneró los artículos 45, 93 y 139 de la Constitución del Perú.
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