La Subcomisión de Acusaciones Constitucionales del Congreso aprobó un segundo informe final que recomienda la inhabilitación por 10 años de la fiscal de la Nación, Delia Espinoza.
El documento, elaborado por el congresista Elvis Vergara Mendoza, concluye que la magistrada supuestamente habría incurrido en infracciones constitucionales y en la posible comisión de delitos de abuso de autoridad y prevaricato. Esto por presentar una denuncia constitucional contra 11 congresistas por el caso de la ley que permitió que parlamentarios retirados de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional puedan recibir una doble percepción: pensión y remuneración.

Espinoza defendió su actuación alegando que ejerció sus competencias constitucionales en defensa de la legalidad y persecución del delito, pero el informe sostiene que vulneró artículos como el 45, 93 y 139 de la Carta Magna.
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Con la aprobación del informe, el caso pasará a la Comisión Permanente, que deberá decidir si eleva la acusación al Pleno del Congreso. De prosperar, Espinoza quedaría inhabilitada para ejercer función pública por una década.
Congreso pretende inhabilitar hoy a Delia Espinoza
El Congreso se dispone a votar hoy la inhabilitación por diez años de la fiscal de la Nación Delia Espinoza, a raíz de una acusación que la vincula con la aprobación de un reglamento que, según documentos oficiales, nunca respaldó ni firmó.
El centro de la controversia es el Reglamento de Actuación Fiscal en la Investigación del Delito, publicado por el Ministerio Público en octubre de 2024. Este reglamento surgió como respuesta a los vacíos legales generados por la Ley 32130, que transfirió de manera irregular la investigación preliminar a la Policía Nacional del Perú. El informe final de la Subcomisión sostiene que el reglamento contradice la mencionada ley y atribuye su aprobación a los fiscales supremos Juan Carlos Villena, Zoraida Ávalos, Pablo Sánchez y Delia Espinoza, recomendando la inhabilitación de todos ellos.
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No obstante, documentos internos del Ministerio Público revelan que la Junta de Fiscales Supremos nunca debatió ni aprobó el reglamento en cuestión. La gestión y aprobación del documento correspondió exclusivamente al entonces fiscal de la Nación interino, Juan Carlos Villena. Ni Ávalos, ni Sánchez, ni Espinoza participaron en el proceso.
Informes de la Secretaría de la Junta de Fiscales Supremos confirman que en octubre de 2024 no se sometió a debate ningún proyecto de reglamento. “De los acuerdos y actas revisadas de la Junta de Fiscales Supremos desde agosto hasta diciembre de 2024, se ha determinado que el Reglamento de Actuación Fiscal en la investigación del delito no ha sido materia de debate, deliberación, votación y/o acuerdo por parte de los fiscales supremos integrantes de la Junta de Fiscales Supremos”, informó dicha oficina.
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La elaboración del reglamento involucró a la Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, la Oficina General de Asesoría Jurídica y la Oficina Técnica de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal. Las primeras versiones del documento incluían en la portada los nombres de los responsables de cada oficina. Sin embargo, en la versión final publicada, estos nombres fueron eliminados y reemplazados por la leyenda “elaborado y revisado por Junta de Fiscales Supremos”. Se mantuvo, en ambas versiones, la indicación de que el reglamento fue “aprobado por Juan Carlos Villena Campana, fiscal de la Nación (i)”.
A pesar de que la acusación original involucraba a los cuatro fiscales supremos, la Comisión Permanente del Congreso solo aprobó la propuesta de inhabilitación contra Delia Espinoza. La votación arrojó 16 votos a favor, 4 en contra y 2 abstenciones para sancionar únicamente a Espinoza. En los casos de Villena, Ávalos y Sánchez, las abstenciones superaron a los votos a favor y en contra.
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