
La Policía Nacional del Perú (PNP) aclaró las normas que rigen para los motociclistas durante el estado de emergencia en Lima y Callao, medida decretada por el Gobierno para reforzar la seguridad ciudadana. Entre las principales precisiones, la institución informó que no se sanciona a quienes transporten a un menor de edad como acompañante, pero sí se restringe la circulación de dos adultos en una misma unidad.
La disposición busca reducir los delitos cometidos a bordo de motocicletas, modalidad que se ha vuelto frecuente en diversos distritos de la capital y el primer puerto. Sin embargo, la PNP recalcó que el objetivo no es sancionar a los conductores que cumplan con las normas básicas de tránsito, sino prevenir hechos delictivos y garantizar el orden en las zonas comprendidas en la declaratoria de emergencia.
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Restricción para dos adultos en motocicleta
La coronel Rocío Mayhua Rivera, jefa de la División de Tránsito y Seguridad Vial, explicó que la restricción de dos adultos en una moto continúa vigente dentro de las áreas declaradas en emergencia. No obstante, no se aplica una sanción económica ni se dispone el internamiento del vehículo cuando los agentes detectan esta situación.

En esos casos, los efectivos solicitan al copiloto adulto que descienda del vehículo, mientras el conductor puede continuar su trayecto. Esta disposición se mantiene como parte de las acciones preventivas para disminuir los robos y asaltos cometidos desde motocicletas, una práctica que ha aumentado en los últimos meses según los reportes policiales.
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Excepción para traslado de menores de edad
La autoridad policial aclaró que la única excepción a la regla es cuando el acompañante es un menor de edad. En ese escenario, no existe infracción y el conductor no será multado. Esta medida permite a padres, madres o tutores trasladar a sus hijos a centros educativos o actividades personales sin temor a sanciones durante el estado de emergencia.
Mayhua Rivera detalló en declaraciones a Canal N que los operativos policiales priorizan la verificación de documentos del conductor y del vehículo, como la licencia de conducir, el SOAT vigente y la placa legible. Si alguno de estos requisitos no se cumple, el vehículo puede ser retenido y trasladado al depósito, conforme a lo establecido en el Reglamento Nacional de Tránsito.
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Fiscalización del chaleco con número de placa

En relación con el uso del chaleco que porta el número de placa, la PNP precisó que esta obligación solo es exigible en los distritos expresamente incluidos en la declaratoria de emergencia. Por el momento, la medida no se encuentra en aplicación general, por lo que no se imponen sanciones a quienes no utilicen esta prenda.
La coronel Mayhua señaló que, cuando la norma lo indique, se realizarán los controles correspondientes, pero hasta ahora esa condición no se cumple. De este modo, la fiscalización se mantiene únicamente en los puntos donde la autoridad ha dispuesto operativos específicos.
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Casco obligatorio y control de infracciones vigentes
El uso del casco de seguridad certificado continúa siendo obligatorio para todos los motociclistas. Los modelos deben cumplir con las especificaciones aprobadas por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC). Aunque aún falta la publicación de la norma técnica sobre los visores, los conductores pueden circular con visores transparentes, oscuros o lentes de protección, según su preferencia.

La PNP recordó que no existe multa por llevar a un copiloto adulto durante la emergencia, pero sí se mantienen las sanciones establecidas en el reglamento. Entre ellas figuran no usar casco (infracción M-59, con una multa de S/ 428), portar una placa ilegible o carecer de los documentos obligatorios para conducir. Los operativos seguirán realizándose de forma permanente en distintos puntos de Lima y Callao con el fin de garantizar el cumplimiento de estas disposiciones.
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