
La congresista de Renovación Popular, María de los Angeles Jáuregui, presentó el proyecto de ley 13064 para sancionar a las personas que incurran en “actos de cristofobia”. De acuerdo al documento, el castigo será de acuerdo a la Ley 27270, Ley contra actos de discriminación, pero advierte que también podría haber denuncias penales por discriminación.
La legisladora define la ‘cristofobia’ como “todo acto de violencia, hostigamiento, ridiculización o discurso de incitación al odio o vandalismo dirigido contra una persona, institución, símbolo religioso, imagen o templo por motivo de fe religiosa”.
También se crea el Registro Nacional de Incidentes de Cristofobia, a cargo de la Defensoría del Pueblo para recopilar denuncias y estadísticas sobre “actos de violencia, hostigamiento, ridiculización o discurso de incitación al odio o vandalismo dirigido contra una persona, institución, símbolo religioso, imagen o templo por motivo de fe religiosa”. De esta manera, se espera diseñar políticas públicas de prevención.
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El texto indica que el objetivo específico es “prevenir, sancionar y erradicar toda forma de violencia, hostigamiento, ridiculización o discurso de odio motivado por la fe religiosa, en cualquiera de sus expresiones”. De aprobarse, las medidas tendrán que cumplirse tanto por entidades públicas, privadas y la ciudadanía.

“El Estado, a través del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Ministerio de Educación, implementan campañas, programas y políticas públicas orientadas a promover el respeto y la tolerancia hacia la fe religiosa, lo cual implica el respeto a personas, símbolos, imágenes y templos”, especifica la congresista.
Finamente, se propone un cambio en el artículo 323 del Código Penal, sobre la discriminación o incitación a la discriminación. En este caso, se estipula una pena de cárcel entre tres y cuatro años, o prestación de servicios a la comunidad de 100 a 120 jornadas, para las personas que cometan un acto de discriminación bajo este alcance:
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“Si el acto se realiza con el objetivo de generar violencia, hostigamiento, ridiculización o discurso de incitación al odio o vandalismo dirigido contra una persona o grupo de personas, institución, símbolo religioso, imagen o templo por motivo de fe religiosa”.
“Si el agente actúa en su calidad de servidor civil, o se realiza el hecho mediante actos de violencia física o mental, a través de internet u otro medio análogo, la pena privativa de libertad será no menor de tres ni mayor de cinco años e inhabilitación”, añade María de los Milagros Jáuregui.

Antecedentes
La legisladora cita como antecedentes la obra de teatro María Maricón, el festival de cine LGTBI que utiliza la imagen de Santa Rosa de Lima, una convocatoria de besos de personas del mismo sexo frente a la Catedral de Lima, a un movimiento llamado“Católicas Por El Derecho a Decidir - Perú, entre otros.
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“No debemos de sorprendernos que cada vez más se alzan voces en contra la fe religiosa, principalmente contra la iglesia católica y evangélica, señalándolos como responsables de conservar valores en nuestra sociedad, valores que impiden el avance de una agenda que busca flexibilizar la ética y moral de nuestra sociedad, proponiendo soluciones que atentan contra los principios en los cuales se basa nuestra sociedad como son la vida, la familia y la libertad”, afirma la parlamentaria.
“Precisamente se ataca la libertad religiosa, sosteniendo que nuestro país es un Estado laico y que no debe recibir influencia de ninguna iglesia, lo cual a todas luces contraviene lo que la gran mayoría de peruanos profesa, pues el Perú es un país creyente, fundado en valores cristianos que han guiado por años el devenir de nuestra sociedad”, añade.
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