
Histórico. El Ministerio de Transportes y Comunicaciones publicó su propuesta para el código identificador para las llamadas publicitarias, a fin de seguir lo dispuesto por la Ley que busca acabar con las llamadas spam en Perú.
Sin embargo, la medida viene con demora. El pasado julio venció el plazo para que el Gobierno publicará la normativa adicional ya aprobada. ¿Más vale tarde que nunca?
Si bien aún la norma no entrará en vigencia hasta que pase el periodo en que el MTC reciba comentarios, este proyecto de resolución aprobaría el nuevo prefijo para las llamadas publicitarias. Ahora tendrán que estar identificadas con un 500 al inicio: “500 XXX XXX".

Usuarios podrán identificar el spam
El proyecto de resolución llamado Norma sobre la numeración para identificar llamadas realizadas a fin de brindar información comercial y/o publicitaria, tiene como objetivo “establecer las disposiciones sobre la numeración para la identificación de las llamadas telefónicas realizadas, de manera directa o a través de centros de llamadas, a fin de brindar información comercial y/o publicitaria”.
Así, la resolución que se ha presentado como proyecto para recibir comentarios señala que se atribuirá “la serie de numeración no geográfica ’500′ como rango exclusivo para originar llamadas cuya finalidad es la de brindar información comercial y/o publicitaria“.
“La estructura de la serie de numeración ’500′, corresponde al formato 500 XXX XXX, donde X puede tomar cualquier valor del 0 al 9. 5. (...) El MTC, mediante Resolución Ministerial, puede atribuir una o más series de numeración adicionales a la serie de numeración 500 para brindar información comercial y/o publicitaria”, añade.

Es decir, que con esta propuesta del MTC, los números de bancos, teleoperadoras y más, al llamar a los clientes con fines comerciales, deberán estar identificados con este prefijo 500. Los mismos usuarios podrán ver el número que los llama y si tiene el 500 adelante sabrán que es una llamada para ‘venderles’ algo.
Asimismo, para la asignación de numeración correspondiente a la serie de numeración 500, “el operador efectúa la solicitud al MTC, conforme al procedimiento establecido en el Reglamento para la Gestión y Supervisión de la Numeración de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones. (...) El MTC evalúa la solicitud realizada por el operador, considerando los principios, criterios, procedimiento y demás disposiciones”.
Consumidores podrán devolver la llamada
Asimismo, el operador deberá permitir que el usuario pueda devolver la llamada a los números telefónicos de la serie 500. “La devolución de llamadas realizadas por parte del usuario hacia números de la serie ’500′ se efectúa a los canales de atención habilitados por cada proveedor", señala la medida.

Es decir, que los usuarios que sean llamados y, por ejemplo, queden a devolver la llamada si están interesados en el servicios, deberán poder hacerlo. Asimismo, si es que uno quiere saber de qué número lo están llamando insistentemente, podrá llamar para averiguarlo también.
De igal manera, “el proveedor está prohibido de utilizar números telefónicos que no pertenezcan a la serie de numeración 500 para realizar llamadas, de manera directa o a través de centros de llamadas, a fin de brindar información comercial y/o publicitaria”. Es decir, todos los números que llamen para ofrecer productos deberán estar identificados.
La medida, de aprobarse tal cual, entraría en vigencia en un plazo no mayor de noventa días calendario desde el día luego de que se publique la norma, para que el operador y el proveedor se adecúen al cumplimiento de las obligaciones y disposiciones establecidas en la misma.
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