
Luego de la publicación del reglamento operativo para el octavo retiro de fondos AFP, la atención se centra en el cronograma de ejecución. Las primeras solicitudes podrán presentarse a partir del 21 de octubre de 2025, y los primeros desembolsos están previstos para el 20 de noviembre del mismo año.
Sin embargo, un detalle poco advertido es que, según el nuevo reglamento, el monto máximo de retiro podría superar los 21.400 soles establecidos como referencia, dependiendo de la fecha en que el afiliado registre su solicitud y de la actualización anual de la Unidad Impositiva Tributaria.
SBS publica reglamento para octavo retiro AFP: inicia el 21 de octubre
Tras la publicación del procedimiento operativo por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) hoy 28 de septiembre de 2025, el reglamento entrará en vigencia desde el 21 de octubre de 2025. Desde esa fecha, los afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP) podrán presentar sus solicitudes de retiro hasta el 19 de enero de 2026, con un plazo de noventa días calendario para acceder al beneficio.
Jorge Carrillo Acosta, profesor y experto en finanzas de Pacífico Business School, llamó la atención sobre la diferencia en los tiempos de implementación respecto a procesos previos. Explicó que en 2024, con el séptimo retiro, la ley se publicó el 18 de abril y el reglamento salió el 3 de mayo, con solo quince días de diferencia, y las AFP tuvieron diecisiete días para implementar el procedimiento.
En este octavo retiro, la superintendencia otorga más de tres semanas —cerca de veintitrés días— para la adecuación de las administradoras, un margen que el especialista en finanzas consideró inusualmente amplio dada la experiencia previa. Pero el tema es que salió.

Retiro AFP 2025: solicitudes se organizarán por dígito del DNI
Jorge Carrillo Acosta anticipa que el proceso probablemente replicará el calendario aplicado en ocasiones anteriores, cuando los cronogramas iniciales se diseñaron de acuerdo con el último dígito del DNI del afiliado.
Siguiendo esa lógica, estimó que quienes tengan DNI terminado en 1 estarían habilitados para presentar su primera solicitud entre el 21 y el 22 de octubre, mientras que quienes tengan un DNI que termina en 0 o en una letra podrán hacerlo el 13 o 14 de noviembre.
Un segundo cronograma, destinado a rezagados, comenzaría el 17 de noviembre y finalizaría el 28 de noviembre, habilitando un solo día por dígito. Desde el lunes 1 de diciembre se abriría la opción para que cualquier afiliado pueda solicitar el retiro sin restricción de dígito, hasta el cierre del proceso el 19 de enero de 2026.

Primer pago del octavo retiro AFP será el 20 de noviembre de 2025
El cronograma para los desembolsos establece que el primer pago de hasta una unidad impositiva tributaria (UIT) se realizará el 20 de noviembre de 2025, el segundo el 20 de diciembre de 2025, el tercero el 19 de enero de 2026 y el cuarto el 18 de febrero de 2026, siempre con intervalos de treinta días calendario entre cada uno.
Jorge Carrillo Acosta recalcó que estas fechas corresponden a los límites máximos y recordó que las cuatro AFP que operan en el mercado peruano (Integra, Profuturo, Prima AFP o Habitat) podrían adelantar los trámites, como ha ocurrido anteriormente, de acuerdo a su propia capacidad operativa. Se espera también una respuesta por parte de la Asociación de AFP y su aplicativo para el octavo retiro, en cumplimiento de la ley.

Octavo retiro AFP podría superar los 21.400 soles en 2026
Sin embargo, este monto podría crecer. Carrillo explicó que el monto total disponible para el retiro está vinculado al valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente en la fecha en que el afiliado registra la solicitud. Si la solicitud se realiza entre el 21 de octubre y el 31 de diciembre de 2025, se tomará como base la UIT vigente para ese año, es decir, 5.350 soles, lo que permite un retiro máximo de 21.400 soles.
Indicó que, si la solicitud se presenta entre el 1 y el 19 de enero de 2026 y la UIT ha sido elevada, por ejemplo, a 5.500 soles, el afiliado podría acceder hasta 22.000 soles en total. Este ajuste se debería a un incremento marginal por cada UIT, sumando 600 soles adicionales (cuatro veces el aumento de 150 soles) para quienes realizan el trámite con el valor actualizado. La diferencia aplica a todos los afiliados que presenten su solicitud dentro del plazo reglamentario, que finaliza el 19 de enero de 2026.
Carrillo aclaró que la UIT suele actualizarse durante los primeros días de enero de cada año, lo que impacta directamente en el cálculo del tope del retiro permitido. En ese escenario, quienes decidan esperar y presentar su solicitud en los primeros días de enero de 2026 podrían beneficiarse de un monto mayor, siempre que el nuevo valor de la UIT ya esté oficializado por las autoridades tributarias.
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