
La conductora de televisión Magaly Medina no tendrá que pagarle 30 mil soles de reparación civil a la bailarina Nadeska Widausky por difamación agravada. Esto debido a un descuido en la Corte Suprema de Justicia.
Como se recuerda, en agosto de 2023, el Trigésimo Juzgado Penal Liquidador de Lima condenó a Medina a un año y 8 meses de prisión suspendida y al pago de 30 mil soles de reparación civil por vincular falsamente a Widausky con dos homicidios, llamarla “bataclana” de forma despectiva y exponer su privacidad al mostrar su salida íntima.
Dicho fallo fue confirmado por la Novena Sala Penal Liquidadora de Lima. En este punto, la defensa de la conductora planteó un recurso de nulidad ante la Corte Suprema.
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Según pudo conocer Infobae, en setiembre de 2024, la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema rechazó la nulidad de Magaly Medina, confirmando así la prisión suspendida y el pago de la reparación civil. El sentido de la votación se sabía, pero la sentencia no se notificó a tiempo, por lo que el caso terminó prescribiendo.

Negligencia del PJ
La demora en la elaboración y notificación de la sentencia de la Corte Suprema terminó favoreciendo a Magaly Medina. Y es que la difamación agravada prescribe a los 4 años y 6 meses de haber cometido el delito y la conductora emitió en su programa el reportaje sobre Nadeska Widausky el 17 de septiembre de 2020. Por tanto, prescribiría el 17 de marzo de 2025.
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Sin embargo, a pesar de que la nulidad de Medina fue votada y rechazada en septiembre de 2024, no se notificó la sentencia antes del 17 de marzo de 2025. La defensa de la conductora, ni corta ni perezosa, solicitó el 25 de marzo que se declare la extinción de la acción penal por prescripción.
“Teniendo en cuenta que la conducta imputada a la querellada Medina Vela se subsume en el tipo penal descrito en el tercer párrafo del artículo 132 del Código Penal, cuya pena conminada es no menor de 1 ni mayor de 3 años de pena privativa de libertad, al efectuar el cómputo respectivo, desde el 17 de septiembre de 2020 (fecha de consumación del delito) a la fecha han transcurrido más de 4 años con 6 meses; por lo que los plazos han vencido. La causa se encuentra prescrita y así debe declararse”, resolvió la Corte Suprema en la resolución a la que accedió Infobae.
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Cabe precisar que la Corte Suprema reconoce que existieron “circunstancias de fuerza mayor” que impidieron que se emita la sentencia final antes de la prescripción, como el cambio del secretario de confianza a cargo del caso de Magaly Medina y la reconformación de la Sala Suprema.
No obstante, de todos modos, los jueces supremos hacen un llamado de atención al personal judicial involucrado en el caso de Medina vs. Widausky “para que, en lo sucesivo, advierta los riesgos que presenta cada caso y ponga mayor celo en la tramitación de las causas a fin de evitar una situación como la suscitada”.
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Así, de manera forzosa, la Sala Suprema Penal Transitoria ordenó archivar definitivamente el proceso penal contra Magaly Medina y anular los antecedentes policiales y judiciales.
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