El abogado de Dina Boluarte saludó la reciente decisión del Tribunal Constitucional (TC) que blinda a los mandatarios en ejercicio de investigaciones penales ordinarias, resaltando que “se honró la investidura presidencial”. Así lo expresó Juan Carlos Portugal, quien defendió los efectos jurídicos y políticos del fallo y criticó la actuación de las autoridades durante la gestión de Pedro Castillo, ex jefe de Estado.
En declaraciones a RPP, el letrado consideró que el máximo intérprete de la Constitución Política del Perú corrigió una práctica que calificó de “interpretaciones accidentales”, aplicada por el sistema judicial y el Ministerio Público. Afirmó que aquellas decisiones, impulsadas bajo lo que denominó un “termómetro social y político impropio”, permitieron acciones fuera de los límites constitucionales señalados para el cargo más alto del Ejecutivo.
“El Tribunal Constitucional ha respetado la constitución y no la ha relajado. Esta discusión existe desde que la Corte Suprema, con motivo del caso Pedro Castillo, pudo respetar la Constitución, pero optó por interpretaciones distintas. Fijó que cuando la carta magna menciona la palabra ‘acusación’, debe entenderse en el sentido más estricto,” sostuvo y calificó como “impropia” la lectura que permitía actos de investigación ordinarios mientras un presidente estaba en funciones. Observó que esa circunstancia generó una distorsión en el ámbito legal.

La sentencia del TC aclara que el Ministerio Público podrá solicitar información al entorno presidencial, pero restringe la realización de procedimientos como incautaciones, allanamientos y citaciones que trasciendan los simples requerimientos documentales. “El Ministerio Público solo puede hacer pedidos de información, no puede realizar otros actos de investigación como allanamientos ni incautaciones,” enfatizó el letrado.
La decisión también introduce precisiones sobre la eventual toma de declaraciones a la jefa de Estado. Portugal manifestó que, conforme al nuevo criterio, si surge la necesidad de recoger testimonio de la presidenta, el propio fiscal deberá acercarse hasta en dos ocasiones al despacho presidencial, y ya no sería necesario que Boluarte acuda personalmente a la sede del Ministerio Público. La medida, a juicio del abogado, busca garantizar el adecuado respeto por la investidura y las prerrogativas del cargo presidencial.
“Me parece que es una decisión totalmente equilibrada. Cuando el Tribunal Constitucional hace alusión a la toma de declaración, establece que si la presidenta va a ser citada, ya no tiene que acudir, sino que el Ministerio Público debe ir y tomarle la declaración hasta en dos ocasiones como máximo”, recalcó el defensor de Boluarte.

El alcance del fallo, no obstante, excluye los procesos constitucionales de acusación ante el Congreso de la República. Portugal explicó que el Parlamento mantiene intactas sus prerrogativas para tramitar y analizar denuncias constitucionales, incluida las referentes a casos patrimoniales abiertos contra la presidenta. “Las denuncias constitucionales ante el Congreso se conservan incólumes porque los efectos de la sentencia no alcanzan al Congreso ni al diseño constitucional del debido proceso ante la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales”, precisó el abogado según información de RPP Noticias.
Actualmente, existen investigaciones ya presentadas en el Parlamento, como la referida al presunto enriquecimiento ilícito y al caso Cofre. Estos expedientes continuarán su curso normal en el recinto legislativo y se mantendrán bajo análisis conforme el procedimiento previsto en el Congreso.
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