
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) advirtió al Poder Judicial peruano sobre la necesidad de ejercer el control de convencionalidad antes de aplicar la Ley de Amnistía promulgada recientemente. La norma beneficia a miembros de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional y comités de autodefensa involucrados en delitos cometidos durante la lucha contra el terrorismo entre 1980 y 2000.
La ley fue firmada el miércoles por la presidenta Dina Boluarte en Palacio de Gobierno, en un acto que contó con la participación de congresistas como Fernando Rospigliosi (Fuerza Popular) y Jorge Montoya (Honor y Democracia), principales impulsores del proyecto. La medida favorece principalmente a personas mayores de 70 años con condena firme o en ejecución por delitos cometidos en ese período.
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Rechazo de la CIDH y la Corte IDH
El organismo internacional recordó que la presidencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) había ordenado suspender el trámite de la ley hasta una nueva evaluación, para evitar daños irreparables a las víctimas. La CIDH calificó la norma como promotora de impunidad, al beneficiar a personas involucradas en graves violaciones de derechos humanos.
En ese sentido, subrayó que la ley vulnera el derecho de las víctimas a conocer la verdad y a acceder a la justicia. Según el organismo, permitir su aplicación sin controles previos afecta directamente los derechos de las personas afectadas y debilita la memoria histórica sobre estos hechos.
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Pedido de la Corte al Poder Judicial: ejercer control de convencionalidad
La CIDH instó al Poder Judicial peruano a ejercer el control de convencionalidad antes de aplicar la Ley de Amnistía, con el fin de garantizar que las decisiones judiciales respeten los compromisos internacionales en materia de derechos humanos.
En su pronunciamiento, el organismo expresó: “En cumplimiento de sus obligaciones internaciones en derechos humanos, el Poder Judicial de Perú debe ejercer el control de convencionalidad antes de aplicar la ley de amnistía”.
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Este mecanismo consiste en que los jueces revisen las normas internas tomando como referencia la Convención Americana sobre Derechos Humanos y las interpretaciones realizadas por la Corte IDH, evitando la aplicación de leyes que puedan favorecer la impunidad o afectar los derechos de las víctimas.

Amnistías están prohibidas, según derecho internacional
Andrea Pochack, comisionada de la CIDH, recordó en una entrevista con RPP en junio pasado que “las amnistías en casos de graves violaciones de derechos humanos están prohibidas por el derecho internacional, sería una violación de Perú aprobar esta ley, estaría en desacato con los compromisos internacionales”.
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“Las amnistías, los indultos, las prescripciones están prohibidas porque violan el derecho que tiene la sociedad a conocer la verdad de lo ocurrido, violan el derecho de las víctimas a tener justicia, pero violan sobre todo el compromiso que tienen los Estados de investigar, sancionar y esclarecer lo ocurrido. Cuando las cosas no se sancionan, cuando los hechos graves no se esclarecen, tienden a repetirse”, señaló la especialista al citado medio.

Llamado al cumplimiento judicial
La CIDH enfatizó que el Poder Judicial peruano debe ejercer un análisis riguroso de cada caso antes de aplicar la Ley de Amnistía, garantizando que ninguna decisión judicial vulnere los derechos humanos. El organismo insistió en que el control de convencionalidad es una herramienta clave para prevenir la impunidad y asegurar que las víctimas accedan a justicia efectiva luego de varios años de lucha e investigaciones.
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El pronunciamiento refuerza la postura de la Corte IDH, que había suspendido la tramitación de la norma. La CIDH concluyó que permitir la aplicación de la ley sin controles previos “podría causar daños irreparables a los derechos de las víctimas y afectar la credibilidad del sistema judicial peruano”.
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