
El Tribunal Constitucional (TC) rechazó la demanda de amparo de la exfiscal de la Nación Patricia Benavides para anular la suspensión que le impuso la Junta Nacional de Justicia (JNJ) por el denominado caso Valkiria, en diciembre de 2023.
Como se recuerda, luego de que se llevara a cabo el operativo Valkiria donde se detuvo a Jaime Villanueva y se reveló la existencia de una presunta organización criminal liderada por Benavides, la anterior JNJ acordó suspender provisionalmente a la extitular del Ministerio Público por 6 meses mientras se tramitaba el proceso disciplinario inmediato por este caso.
La suspensión vencería en junio de 2024. Sin embargo, la JNJ no pudo resolver la reconsideración debido a que Aldo Vásquez e Inés Tello estuvieron inhabilitados por el Congreso, lo que dejó sin quorum. Sumado a ello, en mayo de ese mismo año, los consejeros restantes acordaron por unanimidad destituir a la exfiscal de la Nación por la remoción irregular y trato degradante a la fiscal Bersabeth Revilla.
Sería en noviembre de 2024, que la JNJ declaró de oficio la caducidad de la suspensión de Patricia Benavides. Es por esto, que la resolución que la exfiscal buscaba anular ya no surte efecto alguno, que el Tribunal Constitucional rechaza la demanda de Benavides por sustracción de la materia.
“Siendo esto así, ha operado la sustracción de la materia controvertida, por lo que corresponde declarar improcedente la demanda”, se lee en la resolución suscrita por los magistrados.

Patricia Benavides vuelve
Poder Judicial ha revocado la suspensión de 24 meses que pesaba sobre Patricia Benavides, permitiéndole así reasumir sus funciones. La decisión de la Sala Penal Permanente declaró fundada la apelación presentada por Benavides y rechaza la del Ministerio Público, que pretendía ampliar la sanción a 36 meses.
De este modo, en la actualidad no existe ninguna medida judicial que impida su reincorporación. El argumento principal de los jueces supremos para anular la suspensión se basa en un hecho “público y notorio”: la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales del Congreso decidió no admitir a trámite la denuncia constitucional presentada por la Fiscalía en este caso.
Esta circunstancia, advertida previamente por Infobae y expuesta durante la audiencia por el presidente de la Sala, César San Martín, resultó determinante para el fallo. El tribunal sostiene que, ante la negativa del Congreso, la persecución penal no puede continuar y, por tanto, cualquier medida que afecte el entorno jurídico de la persona investigada pierde validez, incluso si ya se archivaron las actuaciones.

La resolución enfatiza que, tratándose de altos funcionarios sujetos a antejuicio, como es el caso de Patricia Benavides, la Fiscalía no puede solicitar medidas coercitivas de alta intensidad —como la suspensión de derechos— sin la autorización previa del Congreso.
El texto subraya que tales medidas solo proceden cuando la investigación ha sido formalizada, no durante la etapa preliminar. En palabras del tribunal, “solo por esta situación se entiende que no está expedita la persecución penal y, por consiguiente, toda medida que afecte el entorno jurídico de quien se encontraba preliminarmente investigada decae irremediablemente, incluso con el archivo de las actuaciones”.
El tribunal también desestimó el pedido de la Fiscalía para que el plazo de suspensión se extendiera de 24 a 36 meses, al considerar que la medida ya debía ser levantada por la decisión del Congreso de no admitir la denuncia constitucional.
Además, la Sala Penal Permanente rechazó otro recurso del Ministerio Público que buscaba que el Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria reevalúe la suspensión de Benavides, quien fue señalada por presuntamente liderar una organización criminal.
En declaraciones a Infobae, el abogado de Benavides, Humberto Abanto, celebró el fallo y calificó la suspensión como una “resolución prepotente” del Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria. Abanto sostuvo que el tribunal ha respetado los derechos procesales de la exfiscal de la Nación.
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