
El Jurado Electoral Especial de Lima Centro (JEE Lima Centro) decidió archivar el procedimiento sancionador contra el alcalde Rafael López Aliaga por la presunta difusión de publicidad estatal no reportada. La resolución exonera al burgomaestre de cualquier sanción, pero lo exhorta a cumplir estrictamente con la normativa electoral en el futuro.
El caso se originó tras una denuncia de la ciudadana Andrea Lia Valderrama Campos, quien señaló que la Municipalidad de Lima difundió dos publicaciones en su página oficial de Facebook sin presentar el reporte posterior al que están obligadas todas las instituciones durante periodo electoral. Estas publicaciones, tituladas “¡Inicio de Obra! Av. Marco Puente Llanos” y “Agua de Emergencia ¡Inicio de Obra!”, daban cuenta sobre proyectos de infraestructura vial y abastecimiento de agua potable, respectivamente.
Según el informe de fiscalización, las publicaciones no fueron reportadas dentro del plazo de siete días hábiles establecido por el Reglamento sobre Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad, por lo que el JEE Lima Centro procedió a iniciar un procedimiento sancionador.
En defensa de la gestión de Rafael López Aliaga, la abogada Sysel Ruiz Peña argumentó que la omisión del reporte fue “una de caracter involuntario” debido a fallos internos de coordinación y que no hubo “ánimo de ocultarla al ente electoral y menos aún, sin el ánimo de infringir el Reglamento”.

La defensa de la MML también dijo que se tomaron “medidas correctivas” como incluir enlaces a notas de prensa a las dos publicaciones cuestionadas. Esto porque las notas de prensa no son consideradas como publicidad estatal.
El JEE Lima Centro acogió los argumentos de la Municipalidad y determinó que las publicaciones cumplían con criterios de utilidad pública y no contenían elementos prohibidos, como referencias a partidos políticos o al propio alcalde Rafael López Aliaga.
“El procedimiento de reporte posterior busca fiscalizar que la publicidad estatal emitida se encuentre acorde con los parámetros y condiciones previstas en la normativa electoral; por lo que al verificarse que la publicidad estatal materia del presente procedimiento es de utilidad pública, además de no contener insertos elementos prohibidos por las normas electorales; por consiguiente, en atención al principio de razonabilidad y proporcionalidad aplicable a todo procedimiento sancionador, no resultaría razonable determinar infracción en esta ocasión, correspondiendo disponer el archivo de la presente causa”, se lee en la resolución a la que accedió Infobae.
Sin embargo, el tribunal exhortó a López Aliaga a que “en lo sucesivo observe el cabal y oportuno cumplimiento de la regulación sobre publicidad estatal prevista en el Reglamento vigente”.

Rafael López Aliaga sigue en la mira
Si bien el alcalde Rafael López Aliaga se libró de este procedimiento sancionador, aún está en la mira de la fiscalización del JEE Lima Centro, sobre todo luego de que se advirtiera que habría infringido la neutralidad electoral durante la presentación de vagones y locomotoras del tren Lima-Chosica.
Hasta la fecha, según pudo conocer Infobae, no se ha iniciado un proceso por este situación. Caso contrario sucede con el teniente alcalde Renzo Reggiardo, quien es cuestionado por lanzar mensajes a favor de una candidatura presidencial del líder de Renovación Popular.
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