
Luego de la promesa del Primer Ministro, Eduardo Arana, en el pedido de confianza de su gabiente en el Congreso de la República, se ha aprobado finalmente el aumento de los sueldos para las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú.
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) publicó hoy el Decreto Supremo Nº 148-2025-EF, emitido hoy en el boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano, que detalla la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la PNP.
Así, estos los sueldos han aumentado hasta superar los S/10 mil en los niveles más altos del Ejército, la Marina de Guerra, la Fuerza Aérea y la Policía Nacional. Mientras, los suboficiales del menor nivel ya ganan S/2 mil 450,52.

FFAA y PNP: Los nuevos sueldos
El MEF ha aprobado los nuevos montos de la remuneración consolidada que forma parte de los ingresos del personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú, a que se refiere el Decreto Legislativo N° 1132, Decreto Legislativo.
Así, de esta manera se detallan los nuevos sueldos que ahora recibirán las fuerzas del orden en el país, por nivel remunerativo y tanto para oficiales como suboficiales de las cuatro entidades de las fuerzas del orden:
Para oficiales
- General de División (Ejército), Vicealmirante (Marina de Guerra), Teniente General (Fuerza Aérea), Teniente General (Policía Nacional): remuneración de S/10 mil 630,52
- General de Brigada (Ejército), Contraalmirante (Marina de Guerra), Mayor General (Fuerza Aérea), General (Policía Nacional): remuneración de S/10 mil 370,07
- Coronel (Ejército), Capitán de Navío (Marina de Guerra), Coronel (Fuerza Aérea), Coronel (Policía Nacional): remuneración de S/8 mil 568,20
- Teniente Coronel (Ejército), Capitán de Fragata (Marina de Guerra), Comandante (Fuerza Aérea), Comandante (Policía Nacional): remuneración de S/5 mil 305,69
- Mayor (Ejército), Capitán de Corbeta (Marina de Guerra), Mayor (Fuerza Aérea), Mayor (Policía Nacional): remuneración de S/4 mil 35,35
- Capitán (Ejército), Teniente Primero (Marina de Guerra), Capitán (Fuerza Aérea), Capitán (Policía Nacional): remuneración de S/3 mil 353,93
- Teniente (Ejército), Teniente Segundo (Marina de Guerra), Teniente (Fuerza Aérea), Teniente (Policía Nacional): remuneración de S/2 mil 800,08
- Sub Teniente (Ejército), Alférez de Fragata (Marina de Guerra), Alférez (Fuerza Aérea), Alférez (Policía Nacional): remuneración de S/2 mil 734,17

Para suboficiales
- Técnico Jefe Superior (Ejército), Técnico Superior Primero (Marina de Guerra), Técnico Supervisor (Fuerza Aérea), Sub Oficial Superior (Policía Nacional): remuneración de S/3 mil 309,28
- Técnico Jefe (Ejército), Técnico Superior Segundo (Marina de Guerra), Técnico Inspector (Fuerza Aérea), Sub Oficial Brigadier (Policía Nacional): remuneración de S/3 mil 175,59
- Técnico Primera (Ejército), Técnico Primero (Marina de Guerra), Técnico de Primera (Fuerza Aérea), Sub Oficial Técnico de Primera (Policía Nacional): remuneración de S/2 mil 953,53
- Técnico Segunda (Ejército), Técnico Segundo (Marina de Guerra), Técnico de Segunda (Fuerza Aérea), Sub Oficial Técnico de Segunda (Policía Nacional): remuneración de S/2 mil 763,25
- Técnico Tercera (Ejército), Técnico Tercero (Marina de Guerra), Técnico de Tercera (Fuerza Aérea), Sub Oficial Técnico de Tercera (Policía Nacional): remuneración de S/2 mil 609,70
- Sub Oficial de Primera (Ejército), Oficial de Mar Primero (Marina de Guerra), Sub Oficial de Primera (Fuerza Aérea), Sub Oficial de Primera (Policía Nacional): remuneración de S/2 mil 533,58
- Sub Oficial de Segunda (Ejército), Oficial de Mar Segundo (Marina de Guerra), Sub Oficial de Segunda (Fuerza Aérea), Sub Oficial de Segunda (Policía Nacional): remuneración de S/2 mil 486,59
- Sub Oficial de Tercera (Ejército), Oficial de Mar Tercero (Marina de Guerra), Sub Oficial de Tercera (Fuerza Aérea), Sub Oficial de Tercera (Policía Nacional): remuneración de S/2 mil 450,52
A partir de julio 2025
Así, “los nuevos montos de la remuneración consolidada del personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú, establecidos en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, entran en vigencia a partir del mes de julio de 2025″.
Además, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas procede de oficio, a la actualización de los nuevos montos de la remuneración consolidada establecida en el artículo 1 del presente Decreto Supremo en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP).
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