
Actuación de Delia Espinoza sigue siendo cuestionada. Ante su negativa por acatar la resolución de la Junta Nacional de Justicia (JNJ), la cual dispuso la reposición de Patricia Benavides, se presentó una denuncia en su contra solicitando su suspensión en el cargo de fiscal de la Nación y, posteriormente, la posibilidad de imponerle la sanción de destitución.
Luis Miguel Caya, exconsejero regional de Moquegua, interpuso la demanda ante el organismo encargado de nombrar, evaluar, ratificar y sancionar a jueces y fiscales, argumentando que la titular del Ministerio Público habría incurrido en la infracción de los deberes de neutralidad y de ejercicio adecuado del cargo que ostenta al frente de la Fiscalía.
En el documento al que tuvo acceso Infobae Perú, el abogado destaca los incisos 6 y 13 del artículo 47 de la Ley de Carrera Fiscal como argumento central. El primero de ellos detalla como falta interferir en las funciones de otros órganos del Estado, sus agentes o representantes, o, a su vez, permitir que cualquier organismo, institución o persona interfiera en el funcionamiento del órgano fiscal o en la labor fiscal correspondiente; mientras que el segundo hace referencia a incurrir en algún acto u omisión que, sin llegar a constituir delito, comprometa gravemente los deberes inherentes al cargo.

¿Qué hechos se le atribuyen?
En el texto, el primer hecho denunciado se refiere al abuso de poder e instrumentalización del cargo. Ello, al atrincherarse en el Ministerio Público el pasado 16 de junio, cuando Benavides acudió a hacer efectiva su reposición en el puesto.
“Abusando del poder que ostenta, ordenó un conjunto de actos, como es no atender a la señora Liz Patricia Benavides Vargas, quien como es de conocimiento público, permaneció por más de 5 horas esperando la atención de Espinoza Valenzuela. Además, convocó a fiscales de prevención del Delito y de las unidades de flagrancias, a efectos de que se levanten actas, pese a que no había ni siquiera una posibilidad o riesgo efectivo de comisión de delitos”, menciona.
También se menciona usurpación de funciones al no ceder el cargo, pese a la notificación de la resolución. “Esta usurpación se contrasta de acciones concretas como convocar a una junta de fiscales de manera virtual; filtrar imágenes y fotos de lo que ocurría en el piso 9 del Ministerio Público y seguir despachando“, se lee. Otro hecho que se le imputa es el rehusamiento de actos funcionales al negarse a atender a Benavides y restituirla, primero, como fiscal suprema titular.
“Como es de conocimiento público, el mismo lunes 16 de junio del presente año, la señora Patricia Benavides solicitó de manera paciente, respetuosa y hasta humillante ser restituida en sus funciones y ser atendida por Espinoza, en mérito a una resolución debidamente expedida - 231-2025-JNJ, pero se rehusó a cumplir sus funciones, es decir, no quiso atenderla a fin de que haga la entrega de cargo y los demás procedimientos correspondientes”, expresó.

Por último, alegó un requerimiento indebido de la fuerza pública, el cual considera el más grave y justifica por la convocatoria de personal en el piso 9 de la Fiscalía de la Nación y la vigilia en la que funcionarios se reunieron para prender velas blancas y entonar el himno nacional.
“Como es de notarse, estos cuatro hechos constituyen la clara comisión de faltas disciplinarias muy graves. Esto es, por cuanto Espinoza, en su actuación como fiscal suprema titular, interfirió en el ejercicio de funciones de Patricia Benavides; e, incurrió en actos que comprometen gravemente los deberes del cargo, tales como defender la legalidad, cumplir y hacer cumplir la Constitución y las demás normas; perseguir el delito con independencia, objetividad, razonabilidad y respeto al debido proceso; velar por la defensa de los derechos fundamentales; y, guardar en todo momento conducta intachable”, culmina.
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