Fiscalía del Perú enfrenta al Congreso: presenta demanda contra ley que penaliza a adolescentes desde los 16 años

El Ministerio Público ha presentado una acción de inconstitucionalidad ante el TC, argumentando que la norma contradice tanto la Constitución como tratados internacionales suscritos por el Estado peruano

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Ministerio Público - Fiscalía - Congreso - Criminalidad - Perú - 5 junio
Composición: Infobae Perú

La Ley 32330, aprobada por el Congreso de la República y promulgada por el Ejecutivo el pasado 10 de mayo, establece que los menores de 16 y 17 años podrán ser procesados penalmente como adultos si cometen delitos graves como sicariato, violación sexual, secuestro, extorsión o terrorismo. Esta medida ha sido rechazada por amplios sectores de la sociedad civil y organismos internacionales.

En respuesta, el Ministerio Público ha presentado una demanda de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional, argumentando que la ley contradice tanto la Constitución Política del Perú como los tratados internacionales suscritos por el Estado.

Fiscal de la Nación, Delia Espinoza Valenzuela, presentó, ante el Tribunal Constitucional, la demanda de inconstitucionalidad contra la Ley 32330, Ley que incorpora a los adolescentes de 16 y 17 años como sujetos imputables dentro del sistema penal”, se lee en el comunicado oficial difundido en las redes sociales de la entidad.

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Fiscalía advierte que la Ley 32330 rompe con el enfoque resocializador

Ministerio Público - Fiscalía - Congreso - Criminalidad - Perú - 5 junio
Foto: Ministerio Público / X

El pronunciamiento oficial del Ministerio Público sostiene que esta ley no solo es un retroceso en materia de protección de derechos de adolescentes, sino que además vulnera la Convención sobre los Derechos del Niño, tratado vinculante que establece un sistema especializado de justicia juvenil. Según la fiscalía, el Perú ya cuenta con un Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes, que contempla sanciones severas –de hasta 10 años– en centros de internamiento, con un enfoque resocializador y educativo.

“El enfoque penal adulto no reconoce que los adolescentes están en una etapa de formación”, indicó la institución en otro pronunciamiento oficial. También recordó que organismos como Unicef, la Defensoría del Pueblo, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP), y el propio Poder Judicial, se han manifestado en contra de la norma.

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Según el nuevo marco legal, en casos como violación sexual seguida de muerte o sicariato, los adolescentes ya no pasarán por un proceso juvenil sino que serán ingresados a un sistema penal ordinario, aunque con un tratamiento diferenciado hasta los 21 años. Aun así, para la Fiscalía, el riesgo de equiparar el tratamiento penal entre adultos y menores genera consecuencias negativas y contradicciones legales con lo que dicta el actual ordenamiento jurídico peruano e internacional.

Críticas desde el sistema judicial y organismos internacionales

Maranguita
Durante su actuar delictivo, el sicario escaparía hasta dos veces de centros juveniles. Foto: Andina

La promulgación de la Ley 32330 ha generado una ola de críticas desde diferentes frentes. La Defensoría del Pueblo fue uno de los primeros organismos en advertir que esta reforma legislativa no ataca las causas estructurales de la criminalidad juvenil.

“La ley colisiona frontalmente con la Convención sobre los Derechos del Niño que forma parte de nuestro bloque de constitucionalidad. La CDN define «niño» a todo ser humano menor de 18 años y exige a los Estados establecer un sistema de justicia especializado para menores de 18 años, distinto al de adultos, con un enfoque socioeducativo y restaurativo que ha sido recogido con el Nuevo Código de Responsabilidad Penal del Adolescente", advirtió la entidad.

A pesar de este señalamiento, el Congreso de la República ha defendido la norma con el argumento de que el crimen organizado ha instrumentalizado a menores para cometer delitos graves con total impunidad.

El nuevo régimen penal no implica necesariamente el ingreso a penales comunes. Según el texto aprobado, se implementará un tratamiento penitenciario juvenil especializado, en el que los adolescentes de 16 a 21 años estarán separados de adultos y recibirán terapias, educación y programas de reintegración. No obstante, la pena puede llegar hasta los 8 años de internamiento en casos extremos, una medida que ha sido interpretada por expertos como una forma de “endurecimiento del sistema” más que una solución estructural.

El debate sobre la constitucionalidad de la norma ahora está en manos del Tribunal Constitucional, que deberá pronunciarse en los próximos meses. Mientras tanto, el tema ha generado un fuerte impacto en la agenda pública, polarizando a la opinión nacional entre quienes exigen mano dura y quienes alertan sobre la necesidad de preservar los derechos fundamentales de los adolescentes.

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