
El reciente anuncio del gobierno sobre la prohibición de dos personas en una moto generó incertidumbre entre los padres y madres que suelen trasladar a sus hijos al colegio en moto. La medida, que pretende combatir la inseguridad en las calles, ha dejado preguntas sobre cómo afectará el transporte escolar. Sin embargo, las autoridades han aclarado que los padres no serán detenidos por esta razón durante el horario escolar.
El jefe de la Región Policial Lima, general PNP Enrique Felipe Monroy, informó que los padres que lleven a sus hijos en motocicletas lineales no serán detenidos si se encuentran en el horario escolar. Según Monroy, estos casos no representan una posible amenaza delictiva, por lo que se permitirá que los motociclistas continúen su camino hacia las instituciones educativas o sus hogares sin inconvenientes.
Policías pedirán identificación a ocupantes de motos
La restricción de que dos personas no pueden viajar en motocicletas lineales se mantiene en vigor, pero su aplicación dependerá de las circunstancias observadas por la Policía Nacional del Perú durante los operativos. Monroy explicó que la decisión de detener o no a una motocicleta quedará al criterio de los agentes policiales, quienes evaluarán cada situación en base a los detalles específicos del momento.

Por ejemplo, en casos donde se detecte a una madre trasladando a su hijo durante el horario escolar, los efectivos procederán a la identificación de los ocupantes. Sin embargo, después de verificar la situación, los padres podrán seguir su camino sin ser retenidos. Esta aclaración busca tranquilizar a las familias que temían ser detenidas por realizar este tipo de traslados.
Además, el general Monroy destacó que la Policía Nacional centrará sus esfuerzos en aquellas motos lineales que presenten características sospechosas. Se prestará especial atención a las motos con dos ocupantes que puedan ser considerados personas de interés o cuando los cascos dificulten la visibilidad de los rostros. En estos casos, los agentes podrían proceder con más cautela para garantizar la seguridad pública.
“En lo que sí vamos a incidir es con aquellas motos lineales con dos ocupantes que podamos considerar personas de interés o que estén con cascos que impidan la visibilidad de sus rostros”, indicó.
PNP no podrán imponer multas administrativas
El general PNP Felipe Monroy, jefe de la Región Policial Lima, aclaró cómo se implementarán las nuevas restricciones de circulación en motocicletas. En una entrevista para el noticiero 24 Horas, Monroy explicó que la Policía Nacional, junto con las Fuerzas Armadas, llevará a cabo intervenciones en los casos donde se infrinja la norma. Sin embargo, resaltó que no se impondrán infracciones administrativas en este momento, lo que pone en evidencia que la aplicación de la norma aún no está completamente definida.
“Se le va a intervenir policialmente, lo que no vamos a hacer es ponerle una infracción administrativa porque no la hay, pero ante la comisión de una presunción de un delito, va a ser intervenido”, comentó.
Además, aseguró que, en situaciones donde no se infrinja la ley administrativa, los agentes solo realizarán el registro y la identificación de los involucrados, sin proceder con una sanción.
El jefe policial también puntualizó que si en el futuro se establece una infracción administrativa para este tipo de situaciones, la respuesta de la Policía Nacional será más drástica. Sin embargo, hasta el momento, la prioridad es garantizar la seguridad sin imponer sanciones automáticas.
Esto establece el Decreto Supremo N° 046-2025-PCM
El Decreto Supremo N° 046-2025-PCM, publicado en El Peruano y firmado el 13 de abril de 2025, extiende el estado de emergencia y establece restricciones en la circulación de motocicletas. Según el artículo 4 del decreto, los conductores de motocicletas de las categorías L1 y L3 solo podrán transportar a un acompañante si son miembros de las fuerzas del orden o del cuerpo de serenazgo.
“Los conductores de las categorías vehiculares L1 y L3 no deben usar elementos o accesorios adicionales al casco que impidan o limiten la visibilidad del rostro del conductor”, se lee en el texto legal.
Además, el decreto otorga a la Policía Nacional, con el respaldo de las Fuerzas Armadas, la responsabilidad de garantizar que se cumpla esta norma. En caso de detectar comportamientos que sugieran la posible comisión de un delito, los involucrados serán trasladados a las dependencias policiales para su respectiva investigación. Esto refuerza el control y la seguridad en las calles, pero también aclara que el objetivo principal de la medida es la prevención del delito, no la penalización inmediata de los conductores.
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