
La Defensoria del Pueblo, el cual es presidido Josué Gutiérrez Cóndor, presentó un proyecto ante el Congreso de la República para establecer que “la visita íntima es un derecho de toda persona privada de la libertad”. Con ello, más personas en la cárcel podrán recibir visitas íntimas de sus parejas en condiciones sanitarias.
La propuesta legislativa busca efectuar modificaciones al texto único ordenado del Código de Ejecución Penal para “prevalecer el derecho de igualdad ante la ley y la no discriminación por razón de sexo, entre varones y mujeres”.
En específico, se pretende modificar el artículo 41 de dicho código para que indique: “La Administración Penitenciaria estimula e intensifica las comunicaciones y visitas en cuanto sean beneficiosas para el interno y evita aquellos contactos con el exterior que le resulten perjudiciales. La visita íntima es un derecho de toda persona privada de libertad".
Además, se busca incorporar el texto 41-A que señale: “Previa solicitud de la persona privada de libertad, el director del establecimiento penitenciario concederá una visita íntima de manera quincenal, con la pareja que designe, bajo las recomendaciones de seguridad, higiene, planificación familiar y profilaxis médica, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos en el reglamento”.
PL 10407-2024 by Carlos Alexander Espinoza Huañahui on Scribd
En su exposición de motivos, el proyecto señala que, en la actualidad, la visita íntima es tratada como un beneficio penitenciario y que está a discrecionalidad de la autoridad penitenciaria. Además suele ser negada a las mujeres encarceladas “de manera arbitraria e injustificada”.
Además, en su fundamento técnico indican que, conforme lo ha establecido el Tribunal Constitucional, la visita íntima consiste en ejercer el derecho al libre desarrollo de la personalidad. “Esta oportunidad de intimidad que realizan el interno/a y su pareja es una de las diferentes maneras de plasmar el libre desarrollo de la personalidad que continúa incólume aún en prisión”, agregan.

Visitmas íntimas en Perú
En el Perú, el derecho a recibir visitas íntimas está regulado por el Código de Ejecución Penal y su Reglamento, específicamente en el Decreto Legislativo N° 654 y el Decreto Supremo N° 015-2003-JUS. Este derecho aplica a internas e internos que cumplan con ciertos requisitos establecidos por el Instituto Nacional Penitenciario (INPE). Las condiciones generales son las siguientes:
- Condición legal: El derecho está dirigido a internas e internos con sentencia condenatoria firme, aunque en algunos casos pueden incluirse procesados dependiendo de la normativa específica del penal.
- Relación conyugal o similar: El beneficiario debe demostrar estar casado o mantener una relación de convivencia reconocida. Para ello, se solicitan documentos que acrediten el vínculo, como partida de matrimonio, declaración jurada de convivencia u otros documentos oficiales.
- Control de salud: Antes de realizar la visita íntima, tanto la persona privada de libertad como su pareja deben someterse a chequeos médicos para descartar enfermedades de transmisión sexual o cualquier tipo de condición que pueda afectar la salud de ambas partes.
- Respeto de horarios: Las visitas íntimas se realizan en días y horarios establecidos por el penal correspondiente, en espacios acondicionados para ello de manera privada y controlada.
- Buen comportamiento: El interno o interna debe mantener buena conducta y no haber cometido faltas disciplinarias graves dentro del establecimiento penitenciario.
- Aceptación de normas penitenciarias: Las visitas íntimas se realizan en el marco del respeto de las normas establecidas por el INPE y con previa autorización de las autoridades penitenciarias.
Este derecho tiene como objetivo fomentar vínculos familiares y afectivos que contribuyan a la resocialización de las personas privadas de libertad. Sin embargo, cada penal puede imponer requisitos adicionales conforme a los lineamientos del INPE.
Más Noticias
Murió Chuck Norris a los 85 años: conmoción en Perú por el fallecimiento del protagonista de ‘Walker, Texas Ranger’
La familia informó que el artista falleció en Hawái rodeado de sus seres queridos. Redes sociales en Perú se llenaron de mensajes de despedida y tributos a la estrella de “Walker, Texas Ranger”.

José Balcázar no niega que César Acuña ‘controle’ Minsa y EsSalud: “Eso ha sido con el gobierno de José Jerí y Dina Boluarte”
El presidente afirmó que la influencia de APP en el sector salud no corresponde a su gestión y destacó que su gobierno ya realizó cambios, en referencia a la salida de Luis Quiroz del Minsa y Segundo Acho Mego de EsSalud

CAS con ‘grati’ y CTS en la recta final: La fecha límite para que el Ejecutivo la promulgue
El Congreso firmó la autógrafa de la Ley que dará nuevos beneficios a cerca de 350 mil trabajadores CAS y ya llegará a manos de Balcázar

Leptospirosis en Perú: todo lo que debes saber de la enfermedad infecciosa que causó tres muertes
Ante el aumento de casos, el Ministerio de Salud insta a seguir las recomendaciones sanitarias y evitar factores de riesgo para frenar la propagación

Chuck Norris: ‘Walker, Texas Ranger’, la serie de culto que marcó generaciones en Perú y que aún se sigue transmitiendo en la TV
La muerte de la leyenda del cine de acción y las artes marciales, causó conmoción en Perú, donde generaciones crecieron admirando sus películas y series. Su familia confirmó que el actor falleció en Hawái rodeado de sus seres queridos


