El estado de emergencia en 14 distritos en Lima Metropolitana y Callao finalizó este martes 26 de noviembre. En medio de un debate público sobre su eficiencia para frenar el crimen organizado, el gobierno de Dina Boluarte decidió ampliar esta medida por 45 días más.
Esto fue oficializado en el diario oficial El Peruano, a través del Decreto Supremo N° 129-2024-PCM. De esta manera, las jurisdicciones que continuarán en emergencia son Ate, Ancón, Carabayllo, Comas, Independencia, Los Olivos, Lurigancho - Chosica, Puente Piedra, Rímac, San Martín de Porres, San Juan de Lurigancho, Santa Rosa y Villa El Salvador, en Lima Metropolitana. Mientras que, en la Provincia Constitucional del Callao, Ventanilla.
Desde el Ejecutivo consideran que este es la estrategia más idónea para combatir los constantes casos de extorsión y sicariato que aterrorizan a los ciudadanos desde hace meses. Sin embargo, la posibilidad de implementar un toque de queda durante las fiestas de Navidad y Año Nuevo quedó descartada. “Sería imposible”, dijo el general Víctor Zanabria, comandante general de la Policía Nacional del Perú (PNP).
“Lamentablemente, la gente no cumple la norma. Si usted dice que el 24 de diciembre no hay actividad de fiestas, es letra muerta, porque tendríamos que controlar media Lima y cerrarla. Y ni hablar del 31 (de diciembre)”, agregó.

¿Qué significa el estado de emergencia?
Esta no es la primera vez que el gobierno de la presidenta Dina Boluarte decreta estado de emergencia en distritos de la capital del Perú y otras regiones del país. Solo en Lima Metropolitana, entre el 2022 y 2023, adoptaron esta postura en San Juan de Lurigancho, Lince, San Martín de Porres y Cercado debido al descontrol de las organizaciones criminales que atentan contra la vida de la población.
La intervención de la PNP y de las Fuerzas Armadas (FF. AA.) se efectúa conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1186. La aplicación de esta medida en un espacio territorial implica:
- La suspensión o restricción del libre tránsito.
- La suspensión o restricción a la libertad de reunión.
- La suspensión del derecho a la inviolabilidad de domicilio (por sospecha el policía o militar puede ingresar a tu casa sin orden judicial).
- La intervención de las Fuerzas Armadas para el control y vigilancia.
Cabe señalar que la población podrá continuar con su vida normal, pero, con el estado de emergencia en marcha, se espera más presencia de policías y militares en las calles de los distritos señalados.
Además, las intervenciones deberían ser más seguidas para desbaratar al crimen organizado y las mafias. Expertos afirman que esta medida un arma de doble filo, porque la delincuencia muchas veces migra a distritos aledaños para seguir operando.
“El Ministerio del Interior (Mininter) articula y gestiona, a favor de la PNP, las medidas que sean requeridas por el Poder Judicial, el Ministerio Público, la Defensoría del Pueblo, la Superintendencia Nacional de Migraciones, Sucamec, el Gobierno Regional del Callao, la Municipalidad Metropolitana de Lima y los gobiernos locales de la circunscripción departamental para que, en el marco de sus respectivas competencias, coadyuven para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo”, se lee en el Decreto Supremo N° 129-2024-PCM.
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