
Desde la juramentación del actual Congreso de la República se han aprobado distintas leyes en favor de docentes pertenecientes a todos los niveles. Sin embargo, las propuestas continúan. El parlamentario Segundo Montalvo, de Perú Libre, presentó un proyecto de ley que autoriza un nuevo nombramiento excepcional docente, con el objetivo de “promover el principio meritocrático”.
La iniciativa N° 9007-2024 -CR, que cuenta con el respaldo de Flavio Cruz, Américo Gonza, Isaac Mita, María Aguero, María Taipe y Kelly Portalatino, todos de la agrupación del lápiz, también busca que se incluya la enseñanza de lenguas originarias en las mallas curriculares “de todos los institutos pedagógicos y las facultades de pedagogía y educación”.
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Además, en un plazo de 60 días, que el Ministerio de Educación, en coordinación con sus instancias descentralizadas y la comunidad educativa efectúen la actualización del padrón de instituciones de Educación Intercultural Bilingüe (EIB).

¿Para quiénes aplicaría el nuevo nombramiento docente y cuáles son los requisitos?
El proyecto de ley plantea el nombramiento excepcional de docentes para quienes se desempeñen en la Educación Básica. Es decir, aquellos que enseñen en nivel preescolar, primaria y secundaria. Entre los requisitos para ser aplicable, en caso sea promulgada, se encuentra la aprobación de las dos etapas del concurso de ingreso a la Carrera Pública Magisterial, “en plazas vacantes y/o existentes al 31 de diciembre de cada año en las instituciones educativas”.
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“La autorización contempla la elaboración del cuadro nacional de plazas de nombramiento desiertas del proceso culminado, cuadro nacional de méritos actualizados y la adjudicación pública. [...] El Ministerio de Educación y las instancias educativas descentralizadas efectúan la conversión de plazas eventuales y de bolsa de horas a plazas orgánicas”, menciona la iniciativa.
Entre las precisiones, se menciona que para el caso de las instituciones de educación intercultural bilingüe (EIB) se debe proceder con el nombramiento excepcional de docentes que cuenten, en primer lugar, con “título en interculturalidad y certificación en el Registro Nacional de Docentes Bilingües en Lenguas Originarias (RNDBLO) con un nivel básico de dominio de lenguas originarias del que fuera solicitado”.
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“En segundo lugar, los que cuenten con contratos permanentes al lugar donde postulan, y por último los que no se encuentren inscritos en el Registro Nacional de Docentes Bilingües en Lenguas Originarias. Todos los docentes nombrados bajo este procedimiento serán capacitados y acompañados de forma permanente. Transcurrido los tres años de su nombramiento, serán evaluados en el manejo de lenguas originarias requeridas para su permanencia en la Carrera Pública Magisterial”, destaca el documento.

En el artículo 5 de la ley establece que los funcionarios que obstruyan o incumplan lo dispuesto “incurren en responsabilidad administrativa, civil y penal”. Además, se precisa que se debe modificar y adecuar las normas técnicas de nombramiento docente en un plazo máximo de 30 días calendarios, a partir de la vigencia de la ley, para desarrollar el proceso de adjudicación de plazas docentes al 31 de diciembre de 2024.
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“Desde el primer día hábil de enero de 2025, se realizará el nombramiento excepcional de los docentes postulantes que aprobaron el Concurso Público de ingreso a la Carrera Pública Magisterial 2022 y 2024″, se lee en la adecuación de la norma técnica.
Entre los fundamentos, el parlamentario manifiesta que, en el último proceso de nombramiento docente del 2022, solo se cubrió el 30% de las 31,000 plazas publicadas para Educación Intercultural Bilingüe (EIB) y se quedó sin cubrir más de 21, 700 plazas, las cuales fueron cubiertas con la contratación de estudiantes egresados de secundaria tan solo por tener dominio de la lengua materna.
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Este es el proyecto de ley presentado:
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