Incendios forestales en el Perú: denuncian penalmente a Gustavo Adrianzén y a ministros del Ambiente y Desarrollo Agrario

Según la demanda a la que pudo acceder Infobae Perú, los funcionarios habrían incurrido en tres delitos. La acusación también incluye a Nelly Paredes del Castillo, actual directora ejecutiva del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, y extitular del Midagri

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La denuncia penal se da
La denuncia penal se da bajo el contexto de los incendios forestales - crédito composición Infobae Perú

El presidente del Consejo de Ministros, Gustavo Adrianzén, y los ministros de Ambiente y Desarrollo Agrario, Juan Carlos Castro y Ángel Manero, han sido denunciados penalmente por cuatro delitos vinculados a los incendios forestales. La acusación también involucra a Nelly Paredes del Castillo, actual directora ejecutiva del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, y extitular del Midagri.

De acuerdo al documento al que accedió Infobae Perú, las imputaciones presentadas por la investigadora Lucila Pautrat son: la omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales; otorgamiento ilegal de derechos; otorgamiento ilegítimo de derechos sobre inmuebles; y el avocamiento ilegal de proceso en trámite.

La denunciante solicita que en un plazo máximo de 60 días naturales, el Ministerio Público inicie las diligencias preliminares, como la programación tanto de su declaración como la de los investigados.

Fotos: Difusión/Composición Infobae
Fotos: Difusión/Composición Infobae

¿En qué se basa la denuncia?

De acuerdo con la demanda, los ministros y el premier habrían incurrido en el delito de avocamiento ilegal de proceso en trámite, luego de que el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (Serfor) y el Ministerio de Desarrollo Agrario buscaran implementar una clasificación de tierras y reglas sobre el cambio de uso para actividades agropecuarias, a consecuencia de dos resoluciones emitidas por el Midagri.

“La demandas de Inconstitucionalidad presentada por el Colegio de Sociólogos del Perú y el Gobierno Regional de San Martín han sido admitidas a trámite por el Tribunal Constitucional, mientras la demanda de amparo contra la aprobación de la misma Ley también se encuentra en proceso judicial en el Tercer Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima”, indican.

Para este delito tipificado en el artículo 410° del Código Penal, se sentencia con una pena no mayor a dos años de cárcel y l inhabilitación.

Incendios forestales - Andina
Incendios forestales - Andina

La segunda imputación refiere a un supuesto otorgamiento ilegal de derechos y un presunto otorgamiento ilegítimo de derechos sobre inmuebles.

Esto se basa en que el ministro de Desarrollo Agrario y Riego, Ángel Manero, anunció en el Parlamento que a partir de agosto del próximo año se iba a impulsar un programa de formalización de predios agrarios, los cuales, según la ciudadana demandante, no contaban con los títulos habilitantes ni estudios necesarios.

Estos territorios estarían asentados en áreas invadidas, deforestadas, quemadas y ocupadas de forma ilegal sobre bosques y tierras de protección.

“En todo momento, tanto el Midagri como el Congreso de la República tenían pleno conocimiento de la imposibilidad jurídica de titular áreas deforestadas y ocupadas ilegalmente, por ser en su totalidad Tierras Forestales y de Protección con Cobertura Boscosa convertidas a usos agrícolas para la expansión de los cultivos ilícitos y su asociación con plantaciones agroindustriales”, expone la denuncia.

Los artículos 314 y 376-B del Código Penal establecen que bajo esta acusación se podría imponer al menos cuatro años de cárcel y como máximo ocho, dependiendo del contexto del delito.

Congresista Norma Yarrow criticó al
Congresista Norma Yarrow criticó al Gobierno por el manejo de los incendios forestales y la inseguridad ciudadana en el Perú | Foto composición: Infobae Perú / Analí Espinoza

Demora en actos funcionales

Finalmente, la demandante afirma que la declaratoria de emergencia emitida por el Gobierno de Dina Boluarte en Amazonas, San Martín y Ucayali, luego de varios días de incendios forestales, demuestra un evidente “negligente y tardío accionar por parte del Ejecutivo”.

Sostiene que esto llevó a la configuración del delito de omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales, tipificado en al artículo 377 del Código Penal.

“Era viable que, desde hace más de una semana atrás, el Gobierno evalúe según la data del Indeci, el aumento de los incendios forestales y la necesidad de adoptar el referido estado de emergencia, para evitar incrementar el número de personas fallecidas (de 6 a 16), heridas (de 59 heridos a 140) y damnificadas (de 1.634 a 2.000)”, explica. Bajo este delito, podrían ser condenados hasta dos años de prisión, y con 37 días-multa.

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