Ministerio Público rechaza Ley sobre crimen organizado promulgada por el Congreso de la República

En respuesta, la Junta de Fiscales Supremos ha decidido que, a través del Fiscal de la Nación, Juan Carlos Villena, presentará una demanda de inconstitucionalidad

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Ministerio Público presentará demanda. (Foto: Andina)
Ministerio Público presentará demanda. (Foto: Andina)

El Ministerio Público ha expresado su rechazo a la Ley 32108 que introduce modificaciones en el Código Penal y otras normas relacionadas con las organizaciones criminales. Con esta medida, el organismo ha decidido interponer una demanda de inconstitucionalidad contra la norma, promulgada por el Congreso y publicada en el diario oficial El Peruano el pasado 9 de agosto.

En un comunicado, la Junta de Fiscales Supremos señaló que en una sesión extraordinaria celebrada recientemente, acordaron pronunciarse en contra de la ley mencionada.

Según el Ministerio Público, la nueva legislación contradice lo dispuesto en la Convención de Palermo, ratificada por el Perú, la cual no exige “ningún requisito referido a la obtención de una cadena de valor de una economía o mercado ilegal”, a diferencia de lo establecido “arbitrariamente” por la ley en cuestión.

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La norma modifica, entre otras, la Ley 30077 contra el crimen organizado y la Ley 27379 sobre procedimientos para la adopción de medidas excepcionales de limitación de derechos en investigaciones preliminares. Estas modificaciones buscan definir las características que tipifican a una organización criminal.

Sin embargo, el Ministerio Público subrayó que tales requisitos, como una “estructura desarrollada y mayor capacidad operativa” y “delitos graves sancionados con más de seis años de prisión”, reducen la capacidad operativa de la persecución penal pública.

Por su parte, la Junta de Fiscales Supremos advirtió que estas configuraciones debilitadoras podrían significar un retroceso grave en los estándares alcanzados en investigaciones penales en curso y en los casos ya sentenciados.

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Además, rechazó la noción de que la única finalidad de una organización criminal debe ser de corte empresarial, señalando que históricamente las organizaciones criminales en Perú están íntimamente relacionadas con la corrupción y la violencia.

En consonancia con su posición, la Junta de Fiscales Supremos ha decidido que, a través del Fiscal de la Nación, Juan Carlos Villena, será presentada una demanda de inconstitucionalidad conforme al artículo 203 de la Constitución, en concordancia con el artículo 98 del Código Procesal Constitucional y el artículo 66 de la Ley Orgánica del Ministerio Público.

Al finalizar su comunicado, el Ministerio Público reafirmó su compromiso con la defensa de la legalidad, la lucha contra la criminalidad organizada y el respeto a los convenios internacionales de los cuales Perú es parte.

Ministerio Público interpone demanda ante el TC

El Ministerio Público rechazó este lunes 12 de agosto la reciente ley promulgada por el Congreso que trata sobre la prescripción de delitos de lesa humanidad y anunció la presentación de una demanda de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional (TC), con el objetivo de que dicha normativa sea derogada.

A través de un comunicado emitido en su cuenta de X (anteriormente Twitter), la Fiscalía expresó que esta ley afecta negativamente la defensa de los derechos humanos, ya que no cumple con los estándares internacionales aceptados por el Sistema Interamericano de Protección de Derechos Humanos y los tratados ratificados por el Perú.

Además, el MP destacó que la normativa perjudica la autonomía e independencia funcional de los magistrados, limitando su capacidad para defender la legalidad y perseguir delitos en investigaciones relacionadas con hechos de especial gravedad.

La Fiscalía subrayó que esta ley obstaculiza las investigaciones y procesos llevados a cabo por las fiscalías del subsistema especializado, comprometiendo el trabajo ante instancias judiciales especializadas y generando una seria situación de impunidad frente a las víctimas y sus familiares. La normativa afecta investigaciones preliminares en casos sensibles como Madre Mía, Humaya Chambara, Geotendia, Lurigancho, Paccha I y II, y Galván Borja.

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