
El Equipo Especial de Fiscales Contra la Corrupción del Poder (EFICCOP) solicitó prisión preventiva por un plazo de 36 meses contra Nicanor Boluarte Zegarra, hermano de la presidenta del Perú y el abogado Mateo Castañeda, quien ejerció hasta mayo pasado la defensa legal de la mandataria, así como otros implicados por presuntamente estar involucrados en la organización criminal denominada “Los Waykis en la Sombra”.
Aunque la audiencia fue programada oficialmente para este viernes 9 de agosto a las 14:30 horas, a pedido de los abogados de la parte demandada se solicitó que cambie la fecha, argumentando que no tuvieron tiempo de revisar la totalidad del expediente. Aprobado el requerimiento, la nueva fecha pactada será para el 21 de agosto.
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El caso “Los Waykis en la Sombra” involucra a una presunta organización criminal que, según las investigaciones preliminares, habría operado en diversos niveles del aparato estatal peruano. Según el Ministerio Público, esta organización habría tenido como objetivo principal obtener beneficios económicos y políticos mediante la manipulación de procesos administrativos y la concesión irregular de contratos estatales.
El EFICCOP, a cargo de las investigaciones, sostiene que los acusados, entre ellos Boluarte y Castañeda, habrían jugado roles clave dentro de la organización. Según las evidencias presentadas, se les acusa de haber participado activamente en la planificación y ejecución de actividades ilícitas que habrían causado un perjuicio significativo al Estado peruano.
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Solicitud de prisión preventiva

La solicitud de prisión preventiva presentada por el fiscal provincial Carlos Ordaya López, miembro del equipo especial, se fundamenta en los artículos 268 y siguientes del Código Procesal Penal. La medida también se justifica con base en precedentes judiciales, como la Casación N° 626-2013-Moquegua y el Acuerdo Plenario N° 01-2019/CIJ-116, los cuales establecen los criterios para aplicar esta medida cautelar en casos de crimen organizado.
Según el comunicado emitido por el Ministerio Público, la prisión preventiva por un periodo de 36 meses es necesaria para garantizar la presencia de los acusados durante el proceso judicial, así como para evitar que puedan interferir con las investigaciones o influir en los testigos. También se menciona que “la prisión preventiva es necesaria para proteger la integridad del proceso judicial, evitando cualquier interferencia que pudiera comprometer la obtención de justicia en este caso”.
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Contexto judicial y antecedentes

En relación con el hermano de Dina Boluarte, el Ministerio Público resalta que “su posición dentro de la administración pública y su acceso a información privilegiada representaron un factor crucial para la materialización de los delitos imputados”. Asimismo, sobre Mateo Grimaldo Castañeda Segovia, se indica que “su conocimiento del sistema legal fue instrumental en la elaboración de estrategias que permitieron la continuidad de las operaciones de la organización criminal”.
La audiencia en la que se discutirá la solicitud de prisión preventiva contra ambos está programada para mañana viernes 9 de agosto. El Juzgado de Investigación Preparatoria de Nacimiento, bajo la dirección del juez a cargo, evaluará los argumentos presentados por la Fiscalía y la defensa de los acusados.
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Durante la audiencia, se espera que la Fiscalía exponga detalladamente las pruebas que fundamentan la solicitud de prisión preventiva, así como los riesgos que justifican la adopción de esta medida cautelar. Según el informe del Ministerio Público, “los elementos probatorios recopilados hasta el momento son contundentes y revelan un patrón de comportamiento delictivo sistemático por parte de los imputados”.
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