
El pasado 6 de junio de 2024, el Pleno del Congreso aprobó en primera votación, con 60 votos a favor, 36 en contra y 11 abstenciones, el Proyecto de Ley 6951, que plantea precisar la aplicación y los alcances del delito de lesa humanidad y crímenes de guerra en la legislación peruana, pero ha sido concebida como una nueva ‘Ley de Amnistía’. La controversial propuesta ha sido tema de críticas por beneficiar a exdictadores, terroristas y exfuncionarios investigados por asesinato, tortura y desaparición forzada, y que condiciona a los jueces a acatarla, está a un paso de hacerse oficial y el Congreso ya ha dispuesto una fecha para ello.
Según la agenda priorizada del Congreso, la cual ha sido tratada durante toda esta semana en una maratónica jornada desde el martes 11 de junio hasta el sábado 15 de junio, ya existiría una fecha a partir de la cual el Congreso tiene la posibilidad de reafirmar su aprobación en segunda votación y hacer que decisión se ratifique. Dicha fecha, según lo que señala el documento, sería a partir del viernes 14 de junio, en la que se establece el cumplimiento de los siete días respectivos.
Esta iniciativa multipartidaria, que ahora debe ser ratificada en una segunda votación programada, ha generado controversia debido a sus implicaciones directas en la prescripción de delitos cometidos antes del 2001. Pese a ello —y aun recibiendo comunicados de diferentes organismos internacionales veladores de derechos humanos como la CIDH, Amnistía Internacional, Human Rights Watch y otros— cuestionando la norma, el documento al que Infobae Perú accedió detalla “de conformidad con lo establecido en el artículo 78 del Reglamento del Congreso, el dictamen podrá debatirse a partir del viernes 14 de junio de 2024″.

Lo que se esconde tras el proyecto de ley
El proyecto de ley ha sido presentado, según los congresistas que apoyan la propuesta, como un esfuerzo por clarificar la legislación peruana en torno a los crímenes de lesa humanidad y de guerra. Sin embargo, lo que esta norma realmente plantea es que detrás de esta aparente intención de precisión legal, se esconde un objetivo más oscuro: la posible prescripción de delitos de lesa humanidad cometidos antes del año 2001. Esto significa que crímenes atroces cometidos en décadas pasadas podrían quedar impunes, beneficiando directamente a los perpetradores de estos actos.
Los principales beneficiarios de esta iniciativa serían individuos acusados de cometer crímenes durante el conflicto armado interno entre las Fuerzas Armadas y grupos terroristas, que tuvo lugar entre 1980 y 2000 en el Perú. Este conflicto dejó como saldo miles de desaparecidos, asesinatos extrajudiciales, y torturas, configurando un capítulo oscuro en la historia de Perú y que, al no precisarse específicamente en la norma, beneficiaría a terroristas, militares y funcionarios en igual medida.
La posible prescripción de estos delitos no solo otorgaría impunidad a perpetradores sentenciados como en procesos legales, como Vladimiro Montesinos, Alberto Fujimori, y otros militares sentenciados; sino que también desestimaría décadas de luchas legales y de búsqueda de justicia por parte de las víctimas y sus familias.

La aprobación de la misma genera críticas, pues, la Comisión de la Verdad y Reconciliación (CVR), formada tras el fin del conflicto, documentó numerosos casos de violaciones a los derechos humanos, y muchos de los responsables aún no han sido llevados ante la justicia. De aprobarse esta ley en segunda votación, se cerraría la puerta a cualquier intento futuro de resarcir esos ultrajes
Implicaciones para las víctimas
Las víctimas de crímenes de lesa humanidad y sus familiares han expresado su profunda preocupación y rechazo frente al Proyecto de Ley 6951. Argumentan que la ley no solo sería una afrenta directa a su lucha por justicia, sino que también enviaría un mensaje de tolerancia ante la impunidad de los delitos más graves. En un país donde el costo humano del conflicto interno ha dejado heridas abiertas, la implementación de esta norma significaría un retroceso significativo en los avances logrados en materia de derechos humanos.
El artículo 78 del Reglamento del Congreso permite el debate del dictamen a partir del 14 de junio de 2024, y se espera que diversos colectivos de derechos humanos y organizaciones internacionales sigan de cerca esta votación. Dichas entidades han insistido en que los crímenes de lesa humanidad, según el derecho internacional, son imprescriptibles y deben ser perseguidos sin importar el tiempo transcurrido.
Es crucial observar que este proyecto no solo tiene implicaciones para los crímenes del pasado, sino que también sienta un precedente en cuanto a cómo el Estado peruano aborda la justicia y la reconciliación. La segunda votación del Proyecto de Ley 6951 será un hito crítico en la trayectoria de la justicia y los derechos humanos en Perú. Será fundamental que el Congreso considere las implicaciones éticas y jurídicas de prescribir los crímenes de lesa humanidad, recordando siempre la deuda pendiente con las víctimas y la sociedad peruana en su conjunto.
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