
El pasado jueves 11 de abril se aprobó el séptimo retiro de AFP en el Pleno del Congreso de la República, tras horas de debate, con cuarto intermedio incluido. Sin embargo, ese día también se presentó un nuevo proyecto de ley que afecta en directo a los afiliados.
El congresista Jhaec Darwin Espinoza Vargas, del partido Acción Popular, presentó una iniciativa que busca eliminar la obligatoriedad de los aportes tanto al sistema de pensión privado como al público; en estos casos, a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) y a la Oficina de Normalización Previsional (ONP).
Es decir, los trabajadores peruanos no tendrían que aportar un monto de sus sueldos (10% en las AFP y 13% en la ONP) si no lo desean; sin embarrgo, la propuesta sí contempla que esta afiliación sea opcional y crearía un tercer sistema paralelo.

Ni AFP ni ONP serían obligatorio, según propuesta
En el proyecto de ley presentado el 11 de abril se detalla la propuesta para que sea opcional los aportes a las AFP y ONP de parte de los empleados formales.
Así, se estaría proponiendo un cambio en todo el sistema previsional, que incluiría una nueva opción para las pensiones de los empleados, con la creación del Sistema Previsional Financiero.

Sistema Previsional Financiero, tercera opción para pensiones
El Sistema Previsional Financiero, plantea la ley, será optativo, y se podrá afiliar toda persona natural que haya cumplido 18 años. Si bien las condiciones serán estipuladas en el reglamento de la ley, este sistema tendría estas características.
- Aportes de dependientes no deberían ser mayor al 10% de la remuneración mensual bruta. También podrá aportar los independientes.
- La edad mínima para recibir una pensión de jubilación es de 60 años. Excepcionalmente, la edad mínima de jubilación es inferior para los regímenes especiales de pensiones que impliquen duras condiciones de trabajo o supongan un peligro para la vida o la salud.
- Los que se pasen de la ONP, tendrán un bono de reconocimiento en función a los aportes realizados. Asimismo, los que pasen de una AFP, serán trasladados con una Cuenta Individual Capitalizada (CIC) personal, administrada por la Administradora de Fondos de Pensiones.
- La afiliación previsional al sistema financiero no afectará por ningún motivo a los fondos que antes tenían los aportantes
- De igual manera, los afiliados previsionales al sistema financiero podrán escoger libremente la entidad financiera gestora de fondos previsionales que mayor rentabilidad le ofrezca para sus aportes. Estas captaran esos aportes en la modalidad de ahorro a plazo fijo; las condiciones y reglamentación de los contratos estarán supervisadas por la SBS.
- Los fondos en cuentas de capitalización personal son intangibles e inembargables y no están sujetos a cargos adicionales

Permitirá retiro y pensión mínima
Asimismo, dos de las características más destacables del Sistema Previsional Financiero que plantes este proyecto de ley de Acción Popular, son que permitirá retirar los montos en ciertos casos, así como aseguraría la pensión mínima de los afiliados.
En el primero caso, todo aportante que se encuentre desempleado o que no genere ingresos económicos por un periodo igual o mayor a seis meses, podrá optar por el retiro parcial del capital o rentabilidad de sus aportes. Las condiciones y requisitos serán determinados por reglamento de la ley.
Con respecto al segundo caso, la iniciativa incluye una pensión mínima: todos los aportantes deberán recibir como mínimo una pensión equivalente a una remuneración mínima vital (S/1.025), siempre que tengan al menos 60 años años y puedan acreditar un mínimo de 240 aportes (20 años de aportes).
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