¿Si trabajo part time tengo derecho a tomar vacaciones? Esto dice el Ministerio de Trabajo

Conocer los beneficios que la ley dispone para los diferentes regímenes de trabajo que hay en Perú es sumamente importante y necesario

Guardar

Nuevo

Si eres part time, conoce si te toca o no recibir vacaciones. (PRECISIONES LABORALES / Perú Retail / Martinot Abogados)
Si eres part time, conoce si te toca o no recibir vacaciones. (PRECISIONES LABORALES / Perú Retail / Martinot Abogados)

El régimen de trabajo part time o a tiempo parcial es bastante popular en el Perú y otras partes del mundo, especialmente entre la población más joven que opta por elegir un oficio que no demande demasiadas horas y les permita seguir estudiando y creciendo profesionalmente.

Asimismo, suele ser una de las modalidades que eligen aquellos que van a realizar su primer trabajo. Sin embargo, al ser un régimen especial tiene ciertas limitaciones, pero también algunos beneficios que muchos desconocen, pero que vale la pena tener en cuenta.

¿Los trabajadores part time tienen vacaciones?

Esta es una pregunta que algunos todavía se hacen debido a la corta jornada laboral que hacen los trabajadores a tiempo parcial. No obstante, una revisión rápida al Manual de preguntas frecuentes laborales del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) da la respuesta.

¿Las leyes peruanas amparan a un trabajador a tiempo parcial frente a un despido? (Perú Retail)
¿Las leyes peruanas amparan a un trabajador a tiempo parcial frente a un despido? (Perú Retail)

Conforme al documento, los trabajadores part time sí tienen derecho a tomar vacaciones por un plazo de seis días como mínimo una vez hayan cumplido el año de servicios continuo.

Esto está amparado en el Convenio 52 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y fue ratificado en nuestro país el 01 de febrero de 1960

En tal sentido, la norma especifica que los trabajadores deberán cumplir un récord mínimo de 260 días en el año si su jornada ordinaria es de seis días a la semana. En caso de que la jornada alcance los cinco días semanales, las vacaciones se darán luego de 210 días trabajados; y para aquellos que cumplen cuatro o tres días en la semana, deberán acreditar no tener más de 10 faltas injustificadas para gozar del beneficio.

¿Si soy part time me toca recibir CTS?

Según las leyes peruanas, las personas que reciben la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) son todos los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada que cumplan una jornada mínima de cuatro horas diarias o de veinticuatro horas a la semana.

En esa línea, cabe precisar que los trabajadores a tiempo parcial no están contemplados dentro de estas especificaciones, por lo tanto, no tienen derecho a recibir CTS.

Beneficios de los trabajadores part time

Conoce los beneficios laborales de ser part time. (Perú Retail)
Conoce los beneficios laborales de ser part time. (Perú Retail)

Pese a que la CTS no es uno de los beneficios de trabajar a tiempo parcial, los empleados bajo esta modalidad sí están amparados por la ley en algunos otros aspectos y tienen derecho a lo siguiente:

  • Remuneración proporcional a la jornada ordinaria del centro de trabajo.
  • Descanso semanal obligatorio no menor a 24 horas consecutivas.
  • Descanso remunerado los días feriados no laborables de ámbito nacional.
  • Asignación familiar equivalente al 10 % de la RMV.
  • Horas extras.
  • Seguro social de salud y pensiones.
  • Participación en las utilidades de la empresa.
  • Derechos de sindicalización, negociación colectiva y huelga.
  • Una gratificación por Fiestas Patrias, en el mes de julio, y otra por Navidad en diciembre.
  • Descanso vacacional no menor a 6 días. (De acuerdo a lo establecido en el Convenio N° 52 de la OIT).

¿Cómo saber si estoy en planilla?

Para ello será necesario que ingreses al portal de Sunafil haciendo click aquí. Luego, la página te llevará a la ficha de “Identificación del trabajador”, donde deberás llenar tus datos como el tipo de documento con el que cuentas, que puede ser el Documento Nacional de Identidad (DNI) Carné de Extranjería o Permiso Temporal de Permanencia.

Luego ingresa el número y la fecha en que el documento fue emitido, además, la ficha te pedirá datos como el celular y correo electrónico. Una vez ingresado se debe confirmar. También deberás llenar la ficha de “Identificación de la empresa”, donde te pedirán datos sobre el lugar donde laboras, como el departamento, provincia y distrito, la fecha de ingreso y el número de RUC. Finalmente, con ello podrás verificar si te encuentras en la planilla electrónica de tu centro de labores.

Guardar

Nuevo