
En los últimos meses, los congresistas de la República, están buscando aprobar iniciativas bajo la premisa de dar apoyo a los ciudadanos en este contexto de recesión de la economía. No solo el pedido del retiro de AFP es una iniciativa en que se insiste —hay 28 propuestas en el Congreso para validarlo—, sino también en disponer de los montos de la CTS (la Compensación por Tiempo de Servicios, que tienen los trabajadores formales en Perú).
Así, un nuevo proyecto de ley acaba de ser presentado por el parlamentario Segundo Montalvo, del partido Perú Libre, el cual busca aprobar que se pueda retirar la CTS hasta fines del 2025. Como se recuerda, una ley anterior facultó que esto pudiera ser viable hasta el pasado 31 de diciembre de 2023.
Ya la Comisión de Trabajo y Seguridad Social ha aprobado en mayoría un dictamen que proponía ampliar el plazo de disponibilidad del retiro hasta el 2023, para que la fecha final pueda ser el 31 de diciembre de 2024. Pero no solo eso: ya existe un proyecto de ley que busca lo mismo que la nueva ley.

Congreso propone que se pueda liberar la CTS hasta el 2025
Un nuevo proyecto de ley en el Congreso busca que se autorice, excepcionalmente, “la disposición del cien por ciento (100%) de la Compensación por Tiempo de Servicios con el objeto de solventar el aumento de la canasta familiar causada por la inflación, recesión y bajo crecimiento económico.” Esta propuesta fue presentada por Segundo Montalvo, congresista de Perú Libre, y lleva la firma de colegas de su bancada.
Sin embargo, esta propuesta, que tiene solo dos artículos, llega al parlamento cuando ya hay una similar, que fue presentada el pasado octubre de 2023 por Luis Aragón, de Acción Popular. que busca virtualmente lo mismo.

Buscan aprobar retiro de CTS hasta el 2025: ¿qué dicen las propuestas?
Si bien ambas propuestas buscan lo mismo, el proyecto de ley del congresista Aragón se presentó para validar dos desembolsos: uno, el de CTS hasta el 2025, y el otro para aprobar un retiro de AFP de 4 UIT (S/20 mil 600).
Asimismo, esta iniciativa sí incluye una disposición extra a la nueva: “El retiro de los fondos a que se refiere la presente ley mantiene la condición de intangible, no pudiendo ser objeto de descuento, compensación legal o contractual, embargo, retención, o de cualquier forma de afectación, sea por orden judicial o administrativa, sin distingo de la cuenta en la que hayan sido depositados. Lo señalado en la presente disposición no se aplica a las retenciones judiciales o convencionales derivadas de deudas alimentarias, hasta un máximo de 30% de lo retirado”.
Así, si bien el nuevo proyecto de ley pueda haber sido hecho para separar este pedido, y con una bastante anticipación —dado que está pendiente de aprobarse la validación de este retiro de CTS hasta el fin de 2024—, se queda corto con respecto al anterior. Aunque sí se presenta más favorable con respecto al otro, dado que promete que, de aprobarse, esta medida se tendría que dar más pronto, a diferencia de los 15 días que deja la anterior. “Dispóngase que el Poder Ejecutivo dicte las disposiciones reglamentarias necesarias, en el plazo máximo de diez (10) días calendario desde la entrada en vigencia de la presente ley”, señala el proyecto.
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