
El Poder Judicial dispuso que la defensa legal del encarcelado expresidente Pedro Castillo tenga un plazo de 10 días hábiles para que realice las observaciones a la acusación presentada por la Fiscalía de la Nación respecto a su fallido autogolpe de Estado del 7 de diciembre del 2022, por el que se solicita 34 años de prisión efectiva por cometer los presuntos delitos de rebelión, abuso de autoridad y perturbación al orden público.
En la resolución del magistrado Juan Carlos Checkley, del Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria, al que Infobae Perú tuvo acceso, se da cuenta que su decisión se rige bajo el artículo 350 del nuevo Código Procesal Penal, donde se menciona que los sujetos procesales pueden solicitar observar la acusación del fiscal por defectos formales y requiriendo su corrección.
De igual manera, deducir excepciones y otros medios de defensa, cuando no hayan sido planteadas con anterioridad o se funden en hechos nuevos. Seguidamente, solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada. Pedir el sobreseimiento, objetar la reparación civil, plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio, entre otros puntos.
Con estos puntos, y con el plazo de 10 días, no solo los abogados de Castillo Terrones podrán interponer alguna acción, sino también los demás procesados como lo son los expremieres Betssy Chávez y Aníbal Torres. Para ambos se ha requerido 25 y 15 años de prisión, respectivamente, por cometer el delito de rebelión.


De igual manera se encuentran los exministros Roberto Sánchez (Comercio Exterior y Turismo) y Willy Huerta (Interior), así como los mandos de la Policía Nacional (PNP) como el general Manuel Lozada Morales, el comandante Justo Venero Mellado, y teniente Eder Infanzón Gómez.
Luego del plazo de 10 días hábiles, se citará a todos los procesados al inicio del control de la acusación presentada por la Segunda Fiscalía Suprema Especializada en delitos cometidos por Funcionarios Públicos tras culminar la investigación preparatoria el 14 de diciembre pasado.
Además de subsanarse los eventuales errores en la acusación fiscal, las partes ofrecen pruebas y testigos para la probable etapa de juicio.
Culminadas las audiencias de control de acusación, el juez Juan Carlos Checkley emitirá el auto de enjuiciamiento, resolución que no puede ser apelada y que será enviada a la Sala Penal Especial de la Corte Suprema para que programe la fecha para la instalación del juicio oral.

La sentencia que dicte esta instancia puede ser impugnada ante la Sala Penal Permanente que preside el juez supremo César San Martín.
Rechazaron recurso
Ayer también se conoció que la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema rechazó una vez más la apelación del expresidente Castillo contra la investigación que se le sigue por presunta organización criminal, colusión y tráfico de influencias.
“No se logró desvirtuar —menos modificar siquiera proximalmente— los presupuestos que justificaron la prisión preventiva. Además, los videos y las instrumentales no resultan pertinentes, conducentes o útiles para adoptar una decisión en la presente revisión de oficio de la prisión preventiva. En realidad, están acompañados de alegatos interpretativos sin capacidad epistemológica para lograr el cometido que el peticionante pretende —el cese de la prisión—, pues son ilógicos, imprecisos y vagos”, estimó el fallo.
Entre los nuevos elementos que los abogados de Castillo presentaron se encuentran extractos de videos del coronel Harvey Colchado, la suspendida Patricia Benavides, el colaborador eficaz Salatiel Marrufo y el exjefe del CCFFAA Manuel Gómez de la Torre, donde estos hablan “temas extraños a la presente causa”.
Además, la defensa legal del exmandatario alegó también que debido a su detención se suscitaron “protestas, movilizaciones, paralizaciones, marchas y se produjo la muerte de setenta peruanos”.
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