
Al mismo estilo de los noventa, la bancada Unidad y Diálogo Parlamentario presentó un proyecto de ley a fin de crear tribunales sin rostro para juzgar a las organizaciones criminales que generan zozobra en el país. La iniciativa polarizó a la ciudadanía e integrantes del Poder Legislativo.
El segundo vicepresidente del Congreso de la República, Waldemar Cerrón (Perú Libre), fue consultado por el documento durante una actividad oficial y expresó su rechazo.
“Todo proyecto de ley es debatido, conversado y argumentado en las comisiones; sin embargo, voy a darme la licencia de dar mi opinión. La justicia no puede ser tratada como anónimo. ¿Por qué se va a presentar un juez sin rostro en un estado de derecho, en un país democrático?”, cuestionó.

Al ser preguntado por los hombres de prensa sobre si no consideraría que ello otorgaría seguridad a los jueces al momento de emitir sentencia, el legislador insistió en su postura.
“Quiere decir que ya habrían ganado ellos. Entonces, ¿yo mañana vendría con mi máscara para que no me reconozcan como congresista? No, aquí hay que dar la cara. A la delincuencia se le da la cara y se le enfrenta como tal”, declaró.
Asimismo, recordó el gobierno de Alberto Fujimori, donde se instaló esta figura para terroristas, e indicó que ello también abre la puerta a injusticias.
“Eso de juez sin rostro me recuerda a los años de Fujimori cuando [Vladimiro] Montesinos tenían jueces sin rostro y no se sabía quién había administrado justicia y, hasta a veces, sentencias direccionadas que han perjudicado a muchas personas; entonces, no retrocedamos a la barbarie, no le cedamos paso a quienes están delinquiendo”, concluyó.

¿Qué dice el proyecto de ley presentado por Unidad y Diálogo Parlamentario?
A fin de que las autoridades judiciales puedan juzgar a organizaciones de alto nivel de peligrosidad, el integrante de Unidad y Diálogo Parlamentario propone crear el artículo 6-A en la Ley 30077.
“La identidad de los magistrados y fiscales que intervienen en la investigación, juzgamiento, y, sanción de imputados por los delitos de crimen organizado es secreta y se preserva de acuerdo al procedimiento establecido por el Poder Judicial”, sería el nuevo apartado.
“Los fiscales y magistrados no requieren firmar ni rubricar las resoluciones judiciales, pues su identificación se preserva con los códigos dispuestos por el Poder Judicial”, agrega el texto.
Asimismo, se expone como única disposición complementaria que el procedimiento de creación y/o regulación de códigos para los abogados que participen será “realizado por el Poder Judicial en el plazo de 120 días calendario a partir de promulgada la presente ley”.
En los fundamentos, se menciona que la inseguridad es un problema recurrente y cada vez más preocupante en nuestro país. “Precisamente, esa percepción a la exposición de riesgos y amenazas en el entorno cotidiano genera un impacto significativo en la calidad de vida de las personas, ya que afecta su sensación de seguridad, confianza y bienestar”, se lee.
Asimismo, recuerdan que “el Barómetro de las Américas del Proyecto de Opinión Pública de América Latina, indica que el Perú ocupa el sexto lugar de los países con mayor percepción de inseguridad con 46.7%”.
Además, que, según el Instituto de Estudios Peruanos (IEP), el 75% de ciudadanos se siente muy inseguro y teme ser víctima de un asalto, y el 44% considera que la delincuencia es uno de los mayores problemas del país en la actualidad.
“Hay que precisar que si bien existen tratados, convenios y convenciones suscritos y ratificados por el Estado peruano que tienen carácter vinculante respecto a la defensa y garantía para las personas en el marco de un proceso judicial, esta situación no contraviene dicho marco jurídico, pues también se debe tener en cuenta lo dispuesto por nuestra Carta Magna que en su artículo 1, indica que: ‘La defensa de la persona humana y el respeto a su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado’”, menciona el documento.
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