
La exfiscal de la Nación, Patricia Benavides, quien se encuentra suspendida, presentó un recurso de apelación en respuesta a la decisión del Poder Judicial que rechazó su petición de amparo contra la Junta Nacional de Justicia (JNJ). La medida fue descartada bajo el argumento de que existía una duplicación en la presentación de demandas, una práctica conocida como ‘ruleteo’, que está prohibida.
Según pudo conocer Infobae Perú, la defensa de Benavides interpuso su medio impugnatorio el martes 2 de diciembre al no estar de acuerdo con el rechazo de plano de su recurso constitucional. La extitular del Ministerio Público busca con su amparo anular el proceso disciplinario inmediato que le inició la JNJ por presuntamente ser la jefa de una organización criminal que habría intervenido ilegalmente en decisiones trascendentales del Congreso.
Ahora, el juez Jorge Luis Ramírez Niño de Guzmán, del Quinto Juzgado Constitucional de Lima, deberá evaluar el recurso de apelación. En caso de que califique la impugnación como “bien concedido”, remitirá el expediente a una de las tres Salas Constitucionales de la Corte de Justicia de Lima.
Como se recuerda, dicho magistrado declaró improcedente la acción de amparo al tomar conocimiento de que esta se encontraba en una causal de improcedencia: la prevista en el numeral 3 del artículo 7 del Nuevo Código Procesal Constitucional, que habilita al juez a rechazar de manera liminar el recurso si “el agraviado haya recurrido previamente a otro proceso judicial para pedir tutela (protección) respecto de su derecho constitucional”.

Y es que la defensa de Patricia Benavides presentó otras acciones de amparo ante el Poder Judicial cuestionando el proceso disciplinario inmediato de la JNJ.
“Se advierte que existen otros procesos con el mismo petitorio, el cual fue tramitado tanto en esta como en otras judicaturas, motivo por el cual, en virtud de lo mencionado y de lo dispuesto en el artículo 7 del Nuevo Código Procesal Constitucional sobre las causales de improcedencia, específicamente en numeral 3, corresponde declarar improcedente la presente demanda”, resolvió el juez del Quinto Juzgado Constitucional de Lima.
No obstante, esa no fue la única decisión. El magistrado también dispuso oficiar con su resolución a los titulares del Tercer y del Sexto Juzgado Constitucional de Lima con el objetivo de que “procedan estos contra el abogado (de Benavides) en virtud de sus facultades”.
En este punto, el juez Jorge Luis Ramírez Niño de Guzmán se refiere a la facultad que poseen los magistrados para imponer sanciones de entre 5 y 20 Unidades de Referencia Procesal (cada unidad equivale a 495 soles) a los letrados por una aparente actitud temeraria al abusar del derecho y al presentar múltiples recursos con los mismos requerimientos.

Abogado de Patricia Benavides niega ‘ruleteo’
El abogado de Patricia Benavides, Juan Peña, confirmó que se han presentado 3 acciones de amparo, con sus respectivas solicitudes cautelares, a favor de su clienta en contra de la JNJ. No obstante, negó que haya incurrido en ‘ruleteo’ ya que, afirma, cada recurso constitucional está dirigido contra un hecho distinto.
“Si en algún momento, el Poder Judicial estima que lo que se ha intentado hacer es un ‘ruleteo’, que es una mala praxis legal, el Colegio de Abogados tendría que actuar y en todo caso tener que dar una sanción, pero ese no es el caso. Lo que se ha solicitado en cada medida cautelar y en cada amparo es un acto distinto por un hecho que genera vulneración al debido proceso”, declaró Peña a RPP Noticias.
Según pudo corroborar Infobae Perú, en efecto, cada acción de amparo está dirigido contra un hecho distinto, pero del mismo proceso disciplinario inmediato. En lugar de presentar nuevos recursos constitucionales, la defensa de la doctora Benavides pudo haber solicitado ampliar la solicitud cautelar del primer amparo presentado.
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