
La Fiscalía solicitó al Poder Judicial dictar 18 meses de prisión preventiva contra los integrantes de Voluntad Transformadora, organización vinculada a Sendero Luminoso, por adoctrinar con ideología terrorista a menores de edad en Trujillo, La Libertad.
El requerimiento fue formulado por el Segundo Despacho de la Fiscalía Penal Supraprovincial Especializada en Delitos de Terrorismo y Delitos Conexos de Lima. Está dirigido contra Juan Santos Romero, José Orbegoso Romero, Erika Namoc Loyola, Lucio Orbegoso Romero, Angelita Cerna Calderón, Flor Orbegoso Romero, José Orbegoso Hurtado y Angelita Cerna Calderón, por la presunta comisión del delito de afiliación a una organización terrorista.
La audiencia de prisión preventiva fue instalada este viernes 3 de noviembre. No obstante, se reprogramó para el lunes 6 de noviembre a las 2:30 pm. El Noveno Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional resolverá el requerimiento de la Fiscalía.
En esta organización, el cabecilla sería Juan Santos Romero, quien purgó una condena de 12 años de prisión por terrorismo, desde 1994 hasta 2006. De acuerdo con el jefe de la Dirección contra el Terrorismo de la Policía (Dircote PNP), el coronel PNP Max Anhuamán, el detenido estuvo en cárcel por el “aniquilamiento” de 5 personas.
Según reportó La República, luego de recuperar su libertad, se desempeñó como director de Voluntad Transformadora, una escuela encubierta para captar militantes del denominado ‘pensamiento Gonzalo’.

Líder de Voluntad Transformadora era de APP
El nombre del exconvicto Juan Santos Romero no solo aparece en atestados policiales, sino también en el registro de afiliados de Alianza para el Progreso.
El partido fundado por el actual gobernador regional de La Libertad, César Acuña, presentó hasta en 4 oportunidades a Santos Romero como afiliado.
“No tenía conocimiento que era militante de APP. Recuerda que son 300 mil militantes y no sabemos quién se inscribe al partido, porque jamás íbamos a inscribir a un terrorista, sería ilógico. Más bien a mí me llama la atención que como APP es fundado por César Acuña entonces las primeras planas nunca faltan y no se ponen a averiguar cuántos más habrá en otros partidos”, dijo Acuña para justificar que la agrupación no haya revisado los antecedentes del cabecilla de Voluntad Transformadora.
Sin embargo, el Comité Técnico de Fact Checking del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) lo desmintió y precisó que la Ley de Organizaciones Políticas (LOP) establece que son las agrupaciones políticas las que tienen la competencia de verificar la identidad de sus militantes.
“Es falso que el JNE sea responsable de verificar los antecedentes penales o judiciales de los afiliados a una organización política. Esa no es una función de los organismos electorales de acuerdo al marco legal vigente”, recordó el JNE en una publicación en X.
En tanto, APP anunció la expulsión de Juan Santos Romero y remitió el pedido al JNE para que este sea retirado del registro de afiliados. Sin embargo, la entidad observó la solicitud.
Ocurre que la solicitud no fue presentada por el personero legal de APP, no se adjuntó el documento que acredite fehacientemente el cumplimiento del procedimiento disciplinario contra Santos Romero, no se precisó si se cumplió con el pago de las sanciones impuestas por la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y no se presentó el concepto de pago ascendente a 245.90 soles.
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