
Luego de que diversos medios —incluido Infobae Perú— revelaron que el presidente del Congreso, Alejandro Soto, arrastraba una indemnización de daños y perjuicios de 20.642 soles, el parlamentario de Alianza para el Progreso acudió a cancelar dicha deuda. Sin embargo, no canceló los intereses acumulados que dispuso la sentencia en su contra por cobrar indebidamente dietas entre 1997 y 2002 cuando era regidor de la Municipalidad Distrital de Santiago de Cusco.
Tras desarchivarse el expediente, la jueza Johanna Almanza Chevarria emitió una resolución en la que consigna que Soto Reyes no precisó si el depósito que efectuó el 24 de agosto de este año, ascendente a 20.642 soles, corresponde al monto fijado en la sentencia o a los intereses legales.
“Por tanto el recurrente (Alejandro Soto) deberá precisar EN EL PLAZO DE TRES DIAS, cuál de las obligaciones está dando cumplimiento o a cuál se le imputa el pago, teniendo en cuenta el mandato de pago del capital (20.642 soles) y los intereses legales, de conformidad a lo establecido por los artículos 1256º y siguientes del Código Civil, referidos a la imputación de pago”, se lee en el documento al que accedió Infobae Perú.

De acuerdo con el Código Civil, la indemnización acumula intereses legales desde el momento en que se interpone la demanda. En el caso de Alejandro Soto, la demanda fue interpuesta en 2008. Es decir, se han acumulado intereses de 15 años. Así lo explico el abogado Héctor Campos, del Estudio Linares.
Campos indicó que los intereses legales se calculan en función a la tasa de interés del Banco Central de Reserva. Según este índice, los intereses acumulados superarían los 8 mil soles.
El experto en derecho civil precisó que, al reactivarse el proceso y encontrarse en ejecución, la Procuraduría de la Municipalidad de Santiago incluso podría solicitar el embargo de los bienes de Alejandro Soto, en caso de que no se cumpla con completar el pago de la deuda.
El caso
En 2008, la Contraloría General de la República denunció a Alejandro Soto tras detectar que en las 2 gestiones como regidor de la Municipalidad Distrital de Santiago de Cusco cobró dietas irregularmente.
“No existe responsabilidad en el ejercicio regular de un derecho, por cuanto en su condición de Regidor ejerció uno de los derechos que fue cobrar dietas por asistencia a Sesiones de Concejo Municipal y tal hecho no puede constituir un acto ilegal generado por él que sea susceptible de ocasionar daño o perjuicio”, alegó Soto en su defensa legal.
La jueza Basiliska Dueñas Zúñiga, quien en ese entonces estaba a cargo del Primer Juzgado de Paz Letrado Sede Santiago de Cusco, rechazó los argumentos esgrimidos por Soto y, en octubre de 2014, declaró fundada en parte la demanda de la Contraloría.
El ahora congresista de APP apeló la sentencia. Sin embargo, tampoco tuvo éxito en este recurso debido a que, en julio de 2015, la magistrada Bony Eve Gamarra Flores, entonces titular del Primer Juzgado Mixto de Santiago, confirmó el fallo en primera instancia.
Tres meses después, la jueza requirió a Alejandro Soto cancelar los más de 20 mil soles de indemnización “bajo apercibimiento de iniciarse ejecución forzada en caso de incumplimiento”. No obstante, el ahora parlamentario únicamente canceló mil soles, según obra en el expediente.

En total, el aún presidente del Congreso de la República percibió 54 dietas de manera irregular entre 1997 y 2002. Estas son:
- Cobro de 24 dietas incrementadas sin autorización (percibió 450 soles en vez de solo 400 soles): 1.200 soles
- Cobro de 10 dietas por sesiones no realizadas: 6.100 soles
- Cobro de 20 dietas por sesiones solemnes: 13.342 soles
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