
El viernes 30 de abril de 2010, la Primera Sala Penal Liquidadora de Cusco sentenciaba al ahora presidente del Congreso, el apepista Alejandro Soto, a 4 años de prisión, suspendida por el plazo de 2 años, tras ser hallado coautor del delito de peculado doloso agravado.
El caso gira en torno a la presunta apropiación de 4 mil dólares, donados por la empresa telefónica Bell South, por parte de autoridades de la Municipalidad Distrital de Santiago de Cusco, entre ellos el entonces regidor Alejandro Soto, en 1999.
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En un inicio, solo estaban investigados por este hecho el exalcalde de dicha comuna, Víctor Abel del Castillo; la extesorera Amanda Corrales y el expersonal de seguridad de Soto Reyes, Marco Germán Lezama Aguilar. El monto fue donado a fin de que se hagan obras de mejoramiento, recreación y ornato en beneficio de la urbanización Amadeo Repeto.
Los tres implicados coincidieron, en sus declaraciones ante la Policía y el Poder Judicial, que el cuestionado presidente del Congreso había participado tanto en la apertura de la cuenta bancaria donde se depositó la denuncia y el cobro del cheque que fue girado a nombre de Lezama Aguilar.
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Según la declaración de Lezama Aguilar, el 5 de enero de 1999, Alejandro Soto lo llamó para que cobrara un cheque. Luego del cobro, regresó al municipio. El exregidor le dijo que suba e ingrese al despacho del alcalde donde, de acuerdo con lo manifestado, estaban Víctor Abel del Castillo, el parlamentario y los exregidores Javier Aparicio y Lino Ramos Llasac.
Lezama Aguilar también dijo que, una vez en el despacho, el entonces burgomaestre ordenó “en son de broma” a uno de los regidores que cuente el dinero. Luego lo invitaron a salir de la sala sin saber qué pasó con el dinero.
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También se tenía la declaración de la extesorera Amanda Corrales, quien indicó que en diciembre de 1998 firmó un cheque en la oficina de Del Castillo. También estuvo presente Alejandro Soto, según el testimonio de la exfuncionaria municipal. El entonces alcalde confirmó esta imputación en audiencia.
En el juicio, Alejandro Soto negó haber tenido conocimiento de la donación, la apertura de la cuenta en el banco Interbank y los motivos por los que el exburgomaestre, la extesorera y su exguardaespaldas lo incriminaban.
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Para la Primera Sala Penal Liquidadora de Cusco, los testimonios, así como el cheque documentado, eran suficientes para sentenciar a Alejandro Soto a 4 años de pena privativa de la libertad, suspendida por el plazo de 2 años; inhabilitación por 2 años y una reparación civil de 30 mil soles a favor del Estado. No obstante, el ahora presidente del Congreso recurrió a la Corte Suprema.
El recurso de Alejandro Soto en la Corte Suprema
En la Corte Suprema, la suerte de Alejandro Soto cambió. La Sala Penal Permanente lo absolvió de la acusación por peculado doloso por la supuesta apropiación de la donación de 4 mil dólares.
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Según la resolución a la que accedió Infobae Perú, el ponente del caso fue el exjuez supremo y expresidente del Poder Judicial, Josué Pariona Pastrana, quien consideró que los testimonios del exguardaespaldas Marco Germán Lezama Aguilar y la extesorera Amanda Corrales, si bien incriminan a Alejandro Soto, no son suficientes para acreditar la responsabilidad penal del ahora congresista.
Se consigna que, en el juicio oral, el exregidor Lino Ramos Llasac negó haber estado en el despacho del exalcalde cuando Lezama Aguilar afirma haber entregado el dinero, “circunstancia que genera duda respecto a la declaración”.
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También se desestimó la versión del exburgomaestre Víctor Abel del Castillo: “Dicho testimonio constituye una versión de los hechos que no se encuentra corroborada con ningún otro medio probatorio”.
“El indubio pro reo se dirige al juzgador como norma de interpretación para establecer que en aquellos casos que se ha desarrollado una actividad probatoria normal, si las pruebas dejasen duda en el ánimo del juzgador sobre la existencia de la culpabilidad de los procesados, deberá por humanidad y por justicia absolvérsele”, resolvió la Sala Penal Permanente.
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De esta manera, la Corte Suprema anuló la sentencia de 4 años de prisión contra Alejandro Soto y ordenaron eliminar los antecedentes penales generados por este caso.

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