
Cuántas veces hemos sido testigos, o nos ha pasado a nosotros mismos, que alguien debe hacer un trámite ante la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (Sunarp) pero no se encuentra en la ciudad donde se debe hacer o, peor, ni siquiera está en el país para darle rápido curso al trámite que se esté realizando.
Para esos tipos de casos, y para cualquier otro que no permita que una persona pueda realizar algún trámite legal o financiero, existe un documento llamado por la propia Superintendencia Nacional de Registros Públicos (SUNARP) como poder notarial.
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Este documento es importante ya que permite que cualquier persona natural le ceda de manera voluntaria a otra ciertas facultades para que pueda actuar en su nombre y representación ante cualquier entidad en la que se esté realizando un trámite.
Y debido a la responsabilidad que una situación así implica, que un tercero (llamado apoderado o representante legal) tenga la facultad de tomar decisiones importantes en nombre del poderdante (la persona que otorgó ese derecho), es que este tipo de documentos debe ser realizarse en una notaría
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Paso a paso

Para legar hasta ese punto debemos tener en cuenta que ambas personas se tienen que poder de acuerdo en sus funciones y responsabilidades. Luego los dos, el poderdante y el apoderado deben ir a una notaría llevando consigo su respectivo Documento Nacional de Identidad (DNI).
Todo este proceso tiene un costo de 22 soles, en el caso que se dé a una sola persona (un poderdante). No hay que olvidar que cuando se presente el parte del poder notarial, este debe ir acompañado del formulario ‘solicitud de inscripción de título’.
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Un requisito menos

Anteriormente, para este trámite era necesario entregar una copia del DNI. Pero de acuerdo con las nuevas disposiciones de la Superintendencia Nacional de Registros Públicos, este paso ya no es de necesidad pues actualmente la tecnología da una mano y todas y cada una de las oficinas de la SUNARP están interconectadas con la RENIEC.
Si el caso fuera para entregar un poder para el representante legal de una persona jurídica que ya se encuentra inscrita, entonces todo este proceso debe ser llevado a cabo en la oficina registral en donde se encuentre la partida de la empresa en mención.
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Toca esperar

Una vez que todo este trámite ya esté completado, ahora lo se debe hacer es esperar 48 horas para que el poder sea inscrito correctamente en los Registro Público.
En este punto, vale recordar que siempre se debe guarda y mantener a buen recaudo, el número de partida que entregó la SUNARP.
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Por último, mucho se preguntarán que poderes o facultades pueden ser otorgados mediante esta escritura pública. Pues de acuerdo con la misma SUNARP mediante este documento se puede otorgar permisos de disposición. Esto quiere decir que el apoderado podrá realizar una compraventa de inmuebles o vehículos.
Esto no es lo único pues el representante legal también podría tener facultades financieras, bancarias y hasta procesales. Es por eso que un organismo como la SUNARP recuerda la necesidad de que un documento de esta naturaleza sea inscrito ante este ente.
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