
La Comisión de Trabajo, Salud y Desarrollo Social de la Asamblea Nacional prohijó el anteproyecto de ley que crea el Consejo Nacional de Diabetes, instituye un Registro Nacional de Personas con Diabetes, modifica normas vigentes y establece nuevas obligaciones en materia de educación nutricional y financiamiento.
En términos legislativos, el prohijamiento implica que la comisión acoge formalmente la iniciativa y la convierte en proyecto de ley para iniciar su discusión en primer debate.
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A partir de ahora, corresponde abrir el periodo de consultas, recibir opiniones de instituciones, gremios médicos y organizaciones de pacientes, introducir posibles modificaciones y, de ser aprobado en comisión, enviarlo al pleno para segundo y tercer debate.
La propuesta, presentada por el diputado Eduardo Gaitán y respaldada por varios copatrocinadores, parte de un diagnóstico claro: Panamá enfrenta una alta carga de diabetes y carece de una estructura permanente de evaluación y seguimiento de las políticas públicas en esta materia.
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En su exposición de motivos se advierte que la enfermedad afecta a aproximadamente el 14% de la población adulta del país, lo que equivale a unas 200 mil personas, y subraya las dificultades de acceso a glucómetros, medicamentos y tecnologías diagnósticas.

El eje central del proyecto es la creación del Consejo Nacional de Diabetes como órgano asesor adscrito al Ministerio de Salud. Según el articulado, este Consejo tendría funciones de coordinación interinstitucional, recomendación técnica y evaluación de políticas públicas orientadas a la prevención, tratamiento y control de la enfermedad.
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Estaría integrado por representantes del Ministerio de Salud, la Caja de Seguro Social, el Instituto Conmemorativo Gorgas, la Universidad de Panamá, el Ministerio de Educación, asociaciones de pacientes y gremios médicos especializados, con un sistema de rotación en el caso de organizaciones civiles.
El proyecto también instituye el Registro Nacional de Personas con Diabetes como base de datos obligatoria, interoperable y administrada por el Ministerio de Salud, con el fin de garantizar seguimiento clínico, trazabilidad y planificación sanitaria.
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El sistema deberá ser interoperable, seguro y ajustado a la normativa de protección de datos personales, permitiendo dar seguimiento a la evolución de la enfermedad, medir niveles de control metabólico, identificar comorbilidades y registrar complicaciones como retinopatías, enfermedad renal crónica o amputaciones.

Con esta información, el Estado debiera mejorar la distribución de medicamentos e insumos, anticipar la demanda de servicios especializados y diseñar políticas basadas en datos reales y actualizados, no en estimaciones fragmentadas.
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En paralelo, la iniciativa modifica la Ley 136 de 2020 para reforzar la obligación estatal de fomentar el autoanálisis de glucosa, actualizar protocolos conforme a guías internacionales y garantizar el suministro continuo de medicamentos y tecnologías como infusores subcutáneos de insulina. Además, incorpora la capacitación obligatoria y continua del personal de salud en el manejo integral y psicosocial de la diabetes.
Uno de los apartados más sensibles es el relativo a la educación nutricional y la restricción de bebidas azucaradas. El texto prohíbe la venta, distribución o promoción de estas bebidas en centros educativos públicos y privados e incorpora de forma obligatoria la educación nutricional y física en el currículo nacional desde la primaria como estrategia preventiva de enfermedades no transmisibles.
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También refuerza los mecanismos de transparencia y rendición de cuentas sobre el uso del impuesto a bebidas azucaradas, incluyendo informes públicos anuales y audiencias de rendición de cuentas.

El proyecto va más allá al establecer que el Presupuesto General del Estado deberá destinar anualmente un monto no menor al 1% del Producto Interno Bruto para la ejecución de la ley y el cumplimiento de las normas relacionadas. Esta disposición abre un debate fiscal relevante, dado el impacto que una asignación de esa magnitud tendría sobre las finanzas públicas.
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El contexto sanitario respalda la preocupación. Según estimaciones recientes de la Organización Mundial de la Salud, más de 830 millones de personas viven con diabetes en el mundo y la enfermedad es responsable de millones de muertes anuales por complicaciones asociadas.
En la Región de las Américas, la Organización Panamericana de la Salud ha advertido que la prevalencia continúa en aumento, impulsada por el envejecimiento poblacional, el sobrepeso, la obesidad y el sedentarismo. La diabetes tipo 2 representa la gran mayoría de los casos y concentra buena parte del gasto sanitario por sus complicaciones crónicas.
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En Panamá, la diabetes figura entre las principales causas de morbilidad y mortalidad asociadas a enfermedades no transmisibles, junto con hipertensión y enfermedades cardiovasculares. Las autoridades sanitarias han señalado que el control metabólico deficiente incrementa la carga sobre hospitales y programas de hemodiálisis, así como el costo de medicamentos de alto impacto presupuestario.
Tras el prohijamiento, el proyecto deberá superar el primer debate en comisión, donde podrían introducirse ajustes técnicos o presupuestarios. Si obtiene dictamen favorable, pasará al pleno para segundo debate —etapa de discusión artículo por artículo— y luego a tercer debate para su aprobación final.
Posteriormente, corresponderá al Órgano Ejecutivo sancionarlo o vetarlo. El alcance del texto, especialmente en materia presupuestaria y tributaria, anticipa un debate intenso en el hemiciclo.
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