Absurdas teorías jurídicas

Los prosélitos de Cristina Fernández siguen sosteniendo que ha sido víctima de una persecución política. El problema se presenta cuando esos falaces argumentos son invocados por funcionarios o legisladores

La sentencia contra Cristina Fernández quedó firme el 10 de junio de 2025 y la condenó a seis años de prisión por administración fraudulenta de recursos públicos. (REUTERS/Martin Cossarini)
La sentencia contra Cristina Fernández quedó firme el 10 de junio de 2025 y la condenó a seis años de prisión por administración fraudulenta de recursos públicos. (REUTERS/Martin Cossarini)
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El 10 de junio de 2025 quedó firme la sentencia que condenó a Cristina Fernández a seis años de prisión por administración fraudulenta de recursos públicos, pena que está cumpliendo con arresto domiciliario. Ello, muy positivo para un Estado de derecho, en el que el imperio de la “justicia” debe prevalecer por sobre cualquier personaje o ideología.

Sin embargo, los prosélitos de Cristina Fernández siguen sosteniendo que ha sido víctima de una persecución política (lawfare), lo cual, si bien es delirante, puede tener cierto sentido discursivo en el contexto del folklore político o en el contexto del ejercicio del derecho de defensa por parte de los abogados a los que la exmandataria ha contratado para tal fin. El problema se presenta cuando esos falaces argumentos son invocados por funcionarios o legisladores, que sin pudor alguno invocan su condición de abogados.

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Uno de estos casos es el del actual diputado nacional y políticamente zigzagueante Miguel Angel Pichetto, quien no se pone colorado a la hora de sostener que tener presa a la expresidente, “pone a la democracia en situación de extrema fragilidad”. Es preocupante que un legislador nacional no advierta que lo más lesivo para la democracia hubiera sido que la Justicia, después del torrente de pruebas en su contra, no condenara a una expresidente que se enriqueció dolosamente con los recursos de todos. Pero se sabe que las “lealtades” políticas, y sobre todo cuando provienen de dirigentes que las reparten en diversos espacios partidarios, debilitan la capacidad para comprender hasta los conceptos más básicos.

También sostuvo el mencionado dirigente que “la conducta de un jefe de Estado se debe evaluar bajo procedimientos especiales y no por las vías comunes”. Patético. ¿Habrá leído Pichetto, alguna vez, el artículo 18 de la Constitución Nacional, según el cual todos los habitantes tienen que ser juzgados por los jueces naturales que ella contempla –que son los del Poder Judicial-, y no por comisiones ni jueces especiales? Demás está decir que el diputado tampoco develó cuál es la legislación procesal que regula ese supuesto “procedimiento especial” al que temerariamente se refirió, ni tampoco sugirió cuál debería ser.

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Pero lo más grave, desde un punto de vista jurídico, es haber sostenido que ante la situación de Cristina Fernández, el Congreso “debe intervenir”, declarando “la nulidad” del fallo que la ha condenado, para “hacer valer el equilibrio de poderes”. Desconcertante: para Miguel Ángel Pichetto, el Congreso tiene la potestad de anular sentencias. Una afirmación de semejante calibre, expresada por un alumno de derecho constitucional en cualquier Facultad de Derecho del país, conllevaría una irremediable e inmediata desaprobación.

Sería muy interesante que Pichetto cuente cuál es la Constitución con la que ha estudiado, o por la cual ha jurado cuando alguna vez ingresó al Senado, o en los últimos tiempos a la Cámara de Diputados. Frente a semejante desatino jurídico, como representante del pueblo de la Nación, Pichetto debe explicar en qué parte de la Constitución Nacional está prevista esa extraña potestad que le atribuye al Congreso, porque de lo contrario estaría poniendo de relieve que no la conoce (lo cual es gravísimo siendo abogado), o que mintió cuando juró “obrar en todo, en conformidad a lo que prescribe ésta Constitución” (Art. 67 del texto magno).

Haber atribuido semejante potestad al Congreso del cual forma parte no constituye un error de criterio del legislador nacido en Banfield a la hora de realizar una interpretación normativa; es algo mucho peor; constituye una grosería jurídica inexplicable e inexcusable para alguien que ha obtenido el título de abogado; que ha sido treinta y dos años legislador nacional; que lo sigue siendo aún desde 2023, y que hasta fue candidato a vicepresidente de la Nación.

La democracia, la república y el Estado de derecho no sólo se debilitan si la Justicia no actúa frente a funcionarios corruptos, sino también cuando representantes del pueblo manifiestan tan visiblemente un supino desconocimiento de la Ley Fundamental a la que deben ajustar su conducta.